Disolución comunidad de bienes

Ya habíamos hablado la semana pasada de esto.
Resulta que te comenté que los dos comuneros querían disolver la empresa. Resulta que rebuscando por el ordenador una carta de despido a fecha 30-09 con 45 días por año, pero me he encontrado otra con la misma fecha y esto es lo que ponía:
Al haber decidido la Dirección de la misma amortizar su puesto de trabajo por causas objetivas, basadas en razones económicas y productivas.
La actividad principal de la Empresa es la comercialización de productos derivados del café. Debido a la crisis del sector y la falta de pedidos a realizar, es total desde el mes de julio
                      En esta circunstancias se hace necesario la amortización de su puesto de trabajo. Por todo ello, le corresponde una indemnización de 20 días por año trabajado
Entonces, ¿cuál me correspondería realmente? ¿20 días por año o 45?
Es cierto que la empresa va mal económicamente pero también es cierto que ellos quieren disolver la empresa.

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Respuesta
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Si lo hacen por motivos económicos es esa la indemnización que corresponde, recogida tal situación en el art.52.c del ET, pero dichas causas han de ser fehacientementes acreditadas, si lo hacen de esa manera el despido, no dudes en ir al SMAC y demandar, ellos deberán demostrar la imperatividad de tu despido para que la empresa pueda ser viable económicamente, en caso contrario se declarará despido improcedente, con la indemnizacon de 45 días y los salarios de tramitación, es decir, los salarios desde la fecha de despido hasta el da la sentencia judicial, no dudes ni por un momento presentar la demanda si te hacen el despido por esavia. Aquí en mi blog encontraras más detalladamente como proceder para la demanda http://mario666leo.blogspot.com/ .
Ya sabes como funciona esto, si deseas algo más me preguntas, si no finaliza.
¿Puede ser que ellos no quieran pagarme ni 45 días ni 20 días y quieran llegar a un acuerdo?
En ese caso, ¿qué me aconsejas?
Un saludo y gracias de nuevo.
Hola otra vez. Pues al final es cierto que cierran por problemas económicos y de echo es verdad porque yo soy la que lleva todo el tema económico (tienen bastantes deudas con los proveedores)
Entonces me pertenece 20 días por año, ¿no es así...?
¿Mi nueva pregunta es... podría sacar por algún otro lado algún día más de liquidación?
¿FOGASA podría pagarme algo?
¿Sí es así... como se procedería...?
Gracias de nuevo...
Perdoa la tardanza, problemas familiares lo siento, pues si está demostrado el tema económico me temo que poco más se puede hacer, coger t liquidación más la indemnización de 20 días y al desempleo, lo siento de veras, tal como está la cosa para encontrar trabajo no está para quedarse sin empleo, suerte.
¿Por FOGASA no podría sacar nada?
Gracias de nuevo...
No, a no ser que te adeude salarios cuando se declare la insolvencia de la empresa y el despido.

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