Derecho a vacaciones no disfrutada

Hola experto, perdón por molestarte otra vez, aquí tengo la nomina de mi hermano en la mano, y en ella aparece un resto que es el siguiente, es decir le desquitan 112,50 euros por prest. Enfermedad cargo de empresa, y ademas 28 euros por complemento I.L.T., EL ESTA EN EL SECTOR DE LA MADERA, por ello le pido me conteste si el puede disfrutar de las vacaciones que no ha podido disfrutar antes de que se pase el año, por otra parte otra consulta, cuando fue mi hermano a la mutua le dijeron que ellos no se harían cargo, ya que ellos le dijeron que lo mismo no fue producida allí, ahora en este mes de sepitmbre mi hermano recibió una carta de la mutua en la que le escriben que ellos se hacen cargo de los gastos a partir del día 20 de septiembre,, es decir mi hermano fue operado el día 24 de agosto, me parece raro que se acuerden de el al mes siguiente.
Saludos, espero su contestación experto

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Como te decía anteriormente aunque puede ser difícil todo dependerá del planteamiento, ya que la empresa ha descontado el salario durante la IT en el periodo de vacaciones tu hermano debería solicitar un nuevo periodo de vacaciones una vez se reincorpore al trabajo, si la empresa le dice que no le corresponde deberá indicar que al igual que le han descontado el salario durante sus vacaciones y no ha podido disfrutar estas teniendo derecho a ellas puede solicitar un nuevo periodo por el tiempo que estuvo en IT, si la empresa se niega solo quedaría la reclamación judicial.
Respecto a lo de la mutua, al ser enfermedad común la mutua se hace cargo de la prestación desde el 16º día de la baja médica, la prestación anterior es responsabilidad de la empresa, y si tuviera mejora por convenio colectivo siempre sería responsabilidad de la empresa, aunque lo normal es que el trabajador perciba la prestación en la nómina y la empresa lo deduzca en los boletines de cotización.

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