Reducción de Jornada Laboral

Quiero solicitar un reducción de la jornada laboral del 12.5%.
Segúnel convenio el horario son 1760h de cómputo anual distribuidas en jornadas semanales de 40h también en cómputo anual. En condiciones normales tenemos jornada de verano de 8.30 a 15.30 durante 3 meses. El resto del año es de 8.30 a 14h y de 15.30 a 18.30 y los viernes de 8.30 a 15h. Con una amplia flexibilidad horaria.
Mi duda es si obligatoriamente tengo que hacer jornadas de 35 horas o puedo hacer el cálculo por horas anuales.
La idea que tengo es que si tengo 1760h al año y reduzco el12.5% tendría que hacer 1540h al año. El año tiene 251 laborables ¿no? Si divido1540 /251 año =6.13 h/día , es decir podría hacer 6.13h todos los días ¿Pero me surge una duda, las vacaciones? Tengo 25 días de vacaciones ¿Estas las tengo que descontar de los 251 es decir 1540/226 =6.8?
¿Cuanto sería 6.13 (6h 8') o 6.8( 6h 48')?
 ¿Podría realizar el horario de 9 a 15.10 (6.13h) o el de 9 a 15.48 (6.8)?
¿En la carta tengo tendría que explicar todas estas cuentas porque si digo solo el horario podrían entender que el porcentaje que me descontarían es mayor ya que me saldrían semanas de 30.65h o 34h?
Según he intentado hablar con RRHH me dicen que simplemente lo que tengo que hacer es una regla de 3 simple, es decir, em vez de 40h a la semana 35h, pero en verano no tengo derecho a la reducción de jornada porque sino estaría realizando 30h y a cambio nos dan 4 días compensatorios (que tampoco me salen las cuentas) .
En resumen, a mi lo que me intereresa es la primera opción ¿pero es factible?

2 respuestas

Respuesta
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La ley establece que la reducción de jornada por guarda legal estará dentro de unos límites, y tú lo cumples ya que el 12,50% es 1/8 y la jornada la elegirás tú dentro de tu horario habitual de trabajo.
Para elegir la jornada lo más habitual es coger el calendario laboral de la empresa, en el cual se respetará la jornada máxima de convenio y a este aplicar el % de reducción correspondiente día a día laborable, esto es lo que te plantea la empresa.
Pero también sería correcto elegir una jornada a lo largo del año, tal y como tú planteas siempre y cuando cuadres el % de reducción elegido con el calendario laboral. El problema que vea a tu elección es que el horario a realizar sale del horario habitual, ya que actualmente no trabajas después de las 14 h. y pretendes salir después de las 15 h. por lo tanto para ello debería concedértelo la empresa y no podrías exigirlo, pero si podrás exigir tu planteamiento a lo largo del año siempre y cuando coincida con el horario habitual de la empresa (que será el que realizas actualmente y el reflejado en el calendario laboral).
Respecto a las vacaciones te siguen correspondiendo los 25 días aunque reduzcas jornada, eso sí los cobrarás en proporción a la jornada reducida. También tendrás derecho a los festivos y descansos que tenías (porque los cobrarás en proporción a la reducción) siempre cuando realices en función anual la jornada establecida en la reducción.
Por que esté fuera del horario no hay problema porque con la flexibilidad horaria se permite trabajar hasta las 15h.
Esto es lo que dice el convenio:
"queda establecido en jornada teórica anual de 1.760 horas. La jornada semanal será de 40 horas en cómputo anual.
"Todos aquellos empleados que, no pudieran disfrutar de la jornada intensiva,
contarán con cuatro días compensatorios adicionales, absorbiéndose de este modo cualquier exceso de jornada que pudiera producirse, siempre que en cómputo anual total; es decir, una vez deducidas las horas de tales días compensatorios, se respete
el límite de jornada efectiva de 1760 h"
"En los supuestos de reducción de jornada con reducción salarial de aquellos empleados que no pertenezcan a las Áreas o Unidades referidas en el párrafo anterior, el cómputo de jornada teórica anual se regularizará teniendo en cuenta dicha circunstancia, y, en consecuencia, se concederán los días compensatorios que correspondieran en proporción a su jornada."
Entiendo que también estoy cumpliendo con el convenio si solicito solicito como lo he expuesto antes ¿no?
También tengo la duda siguiente, RRHH me ha comentado que se tiene derecho a 10' de descanso cada 2h (30' al día) y los podría juntar para comer o salir antes dependiendo de lo que me diga mi jefe. Si hago y planteo estos cálculos ¿ya no se tiene derecho a estos descansos?. He estado mirando el convenio y no indica nada de que existan estos descansos. ¿Es algo que existe por ley para todos los trabajadores?
Muchas gracias, sobre todo por responder tan pronto.
Si el horario habitual de la empresa está dentro de los límites que quieres elegir tendrías derecho a ello. Respecto a los días compensatorios al establecer la reducción en función anual no tendrías derecho a ellos, ya que reduces la jornada y por lo tanto no sobrepasarás la misma para tener derecho a estos días compensatorios.
Sigues teniendo derecho a los descansos establecidos por convenio o negociados con la empresa, respetando el no poder trabajar más de 5 horas de forma continuada como establece la ley y en este caso salvo que esté mejorado por acuerdo o convenio el descanso no sería remunerado, salvo que de mutuo acuerdo así lo establezcáis.
Ok, me estas confirmando lo que yo suponía. Espero que la empresa también sea tan razonable como tu y lo vea tan sencillo y lógico como yo también creo que es. Aunque depende de con quien hables cada uno lo ve de una forma distinta. En tu opinión, ¿crees qué me pondrán alguna pega?
He leído que primero hay que mandar un comunicado a la Empresa indicando claramente el % de reducción y el horario que voy a realizar ¿es necesario que le cuente la justificación como lo he hecho contigo? Después hay que firmar el acuerdo que es similar al comunicado ¿este último lo crea la empresa o se lo tengo que dar yo también?
Gracias de nuevo
No soy razonable, yo no tengo que concederte nada, simplemente soy objetivo y te respondo a tu pregunta.
Respecto a si te va a poner alguna pega, no puedo responderte porque no se para quien trabajas, yo te he indicado a qué tienes derecho y que es negociable, a lo que tengas derecho aunque te pongan pegas podrás exigirlo, a lo que no tengas derecho si te ponen pegas tendrás que negociarlo.
La forma de solicitar la reducción es enviar un escrito con un mínimo de 15 días para informar a la empresa de tu intención de reducción de jornada, debes indicar el motivo, el % de reducción, el horario que piensas realizar y la fecha de inicio. Además conviene que indiques que estás a su disposición si tienen alguna duda con tu petición. Debes dejar constancia real de la entrega, bien entregando dos copias para que te firmen y sellen una o a través de burofax, si la empresa no alega nada al respecto se entiende que te lo han concedido, si no te lo conceden deberás tomar las medidas que creas oportunas.
No es necesario firmar ningún acuerdo, salvo que ambas partes lo creáis oportuno, con la petición sería suficiente, aunque si se firmara deberíais reflejar en el mismo aquello que creáis oportuno para que quede suficientemente clara la forma de reducir la jornada, en tu caso es importante por las peculiaridades que has indicado.
Es una empresa grande y no veo muy claro que lo quieran aceptar aunque tenga derecho pero lo tengo que intentar y mejor así sabiendo mis derechos
Muchas gracias por la ayuda y la rapidez.
Saludos
Respuesta
1) Me imagino que tu reducción de jornada es por cuidado de menor o familiar.
2) Si es otro tipo de reducción de jornada, y la empresa lo acepta, ten cuidado, porque luego, y en este caso, si tu quieres ampliarla, solo sera si lo quiere el empresario.
3) En cuanto a reducción de jornada por cuidado de menor, tu TIENES DERECHO, a la misma, los 12 meses del año, entre los cuales esta incluido el verano. Eliges tu el horario reducido, dentro de tu jornada laboral, y no tienes que hacer ninguna regla de tres.
4) Tus vacaciones son las mismas que con jornada completa, pero en ambos casos de reducción.
Finalizo, tu no tienes que echar cuentas de nada, ponga lo que ponga en cuanto a jornada anual. Si tu te reduces por porcentaje, cobras por por porcentaje, y la jornada anual se reduce también en por porcentaje.
Si tienes cualquier otra duda, no dejes de consultarme, y sino, finaliza y puntúa.
Es por cuidado de hijo menor.
Si no hago cuentas de nada por experiencia anterior (ya estuve de reducción de jornada por guarda legal) y por pardilla me reducen 1h diaria (8.30 a 15.30h), pero en cambio en verano sigo con el mismo horario aunque todos están con reducción de jornada (también hacen de 8.30 a 15.30) y a mi me dijeron que yo tenia que seguir con el mismo horario y a cambio me daban 4 día compensatorios, como puedes comprobar no cuadran las cuentas y como he dicho antes por creerles sin exigir nada me lo comí. Ahora quiero exigir lo que me corresponde (aunque no quiero ponerme a malas con la empresa) por eso necesito el máximo detalle y concreción posible.
Gracias
Vuelvo a repetir. En reducción de jornada por cuidado de menor, tu comunicas tu derecho de acuerdo con el Estatuto de los Trabajadores, al porcentaje de reducción que creas conveniente para conciliar tu vida laboral con la familiar. Con preaviso de 10 días, puedes volver a cambiar tu horario, o a reincorporarte a tu jornada normal, sin reducción, y así sucesivamente.
La empresa ni puede ni tener porque ponerte condiciones, y sino esta de acuerdo, debe hacerlo por escrito, y tu con el mismo, lo entregas al juzgado de lo social, y en el plazo de 1 mes, el juez dictamina.
Por tanto, y como la reducción por cuidado es hasta los 8 años de tu hijo, puedes acogerte a la misma, las veces que lo veas necesario, aplicar mayor o menor porcentaje de reducción, y variando el horario las veces que veas necesario. Siempre te recuerdo dentro de tu jornada habitual ordinaria.
Esta terminología de que ellos te reducen es incorrecta. Reduces tu si estas de acuerdo, porque ES TU DERECHO.
Y te recuerdo que las empresas no son familias, defienden sus intereses, pero los trabajadores defienden las suyas, y eso de ponerse a mal con ellos, a ti ni te va ni te viene, porque cuando la empresa quiera prescindir de ti, si puede hacerlo legalmente, no tendrá ningún escrúpulo contigo.
Si has finalizado, puntúa por favor. En caso contrario.

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