Acto de conciliación sin comparecencia de la otra part

Hoy ya he tenido el acto pero sin comparecencia de la otra parte. No se si te acordaras que no me daban asistencia legal gratuita, pues bien hice lo que me dijiste e iba a poner una reclamación al colegio de abogados, Mientras busque en las páginas amarillas abogados que no me cobraran de entrada, y cual es mi sorpresa que doy con el decano del colegio de abogados. Le cuento lo que me pasa y de inmediato me cita en su despacho y me representa en el cemac. Dice que ha sido un error de los administrativos. El caso, porlo que quería preguntar es que ya ha formulado la demandapara presentarla en el Juzgado, y en uno de los párrafosdice:
Fundamentos de derecho
I los art. 103 y siguientes de la LPL sobre la reclamación contra el despido...; así como el art.21 de dicha Ley para hacer constar la intención del actor de acudir al juicio asistido de letrado que le defienda. "
  Mi duda es la siguiente, ¿al hacer referencia a ese articulo quiere decir que voy asistida por abogado de oficio? Es que al final no me he enterado, porque he firmado la renuncia en el colegio de abogados para justicia gratuita...
¿Serias tan amable de aclararme un poco esto?

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El art.103 de la Ley de Procedimiento Laboral, hace referencia al plazo de 20 días que tiene el trabajador/a para ejecutar la demanda, y el art.21 es la que hace referencia a la obligatoriedad de tener que poner de manifiesto, de que irá representado por un abogado o RR. LL, y que correrá por su cuenta el pago, a expcion de lo recogido en la ley que te comenté, pudiéndose acoger al de oficio, el que lo haya puesto no da por hecho que no sea de oficio ni que si lo sea, sino que vas representada.
Tienes que asegurarte en que estado está esa representación, pero si me cuentas que has firmado la renuncia, pues ya no lo vas a tener de oficio, uummm mira que te lo dije, ya lo has hecho mal, bueno tempoco creo que te saque las muelas, y menos siendoel decano, pero no debería haber actuado así, te debería haber ayudado ha proporcionado el de oficio. Lo hecho hecho está, y si ha acogido tú caso, es que está seguro de que lo ganará, así que sigue adelante y verás como todo sale bien.
No olvides informarme de como acaba todo, me gustaría saberlo.
Muchas gracias. Le hhe preguntado (porque no se donde he ledido que el de oficio cunadno se reclama cantidad se lleva has ta un 30 %, y me ha dicho que no me preocupe, que el no es `partidario de "que cueste más el collar que el perro ".
Pero te quería preguntar, si yo gano pago mi abogado, y si pierdo pago el mio, ¿las costas y el de la otra parte? En principio me ha dado buen filing, ha pedido a la empresa que aporte una cantidad de documentación que no se si podrá... como el libro de matricula ( ¿ahí es donde deben estar todos los empleados? ) A mi me consta que hay gente que esta cobrando el paro y trabaja a comisión, y otro que esta jubilado por invalidez total y no se si eso sera correcto...) Tampoco quiero perjudicar a mis compañeros, pero es muy grave de lo que me acusa.
Ah, la persona que había de baja esta dispuesta a testificar. Arreglaron el despido improcedente porque ya no podía más, para cobrar el para, aunque ha firmado indemnización no la ha cobrado...
Tu me estas siendo de mucha ayuda y me gustaría seguir contando contigo, si no te importa..
  Muchísimas gracias, de todos, creo que me quedo contigo.

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