Multa por alcoholemia

Y antes de todo agradecer las respuestas que usted nos da, sin ningún interés económico, a continuación paso a contarle mi problema:hace aproximadamente 6 me pararon en un control de alcoholemia me negué a soplar, me llevaron preso y tuve un juicio rapido, retirada de carnet 1 año y 1400 euros de multa, el juez me dio la opción de escoger o pagar la multa o durante el año me abtenga de conducir porque si me volvían a parar y descubrieran que no tengo carnet entraría directamente a la cárcel,`por lo que yo asustado en el juicio dije que mejor pagaría la multa, ese ha sido mi error de pagar la multa, porque hace 6 meses me quede sin trabajo porque mi labor era conducir y entregar paquetes.:Fui condenado a retirada de carnet 1 año y pagar 1400 euros de multa y retirada de 6 puntos por no someterme a la prueba de alcoholemia, ¿si ya tengo una condena impuesta es permitido que también se me quiten los 6 puntos? Y otra pregunta debido a que me retiraron el carnet me quedado sin trabajo porque era mensajero y al no tener el carnet perdí mi trabajo, llevo aproximadamente 6 meses pagando 96 euros al mes de la multa impuesta, estoy en el paro y no encuentro trabajo, soy padre separado con 2 niños y tengo la custodia de mis hijos por orden del juez, me encargo de todos los gastos de manutención ya que su madre solo me pasa 200 euros por las dos niñas, el dinero del paro no me alcanza, cobro 700 euros, he tenido que vender algunas cosas para subsistir no me alcanza el dinero estoy desesperado porque soy único miembro que aporta dinero y mi mujer actual hace trabajos esporádicos limpiando casas, ¿ante todo lo que me esta sucediendo seria posible cambiar lo que resta de la multa por trabajos sociales o alguna otra pena pero que no conlleve pago de dinero? Por favor que puedo hacer o donde puedo ir para que puedan asesorarme, porque he leído que si no pago la multa tendría que ir preso y pagar lo que resta de multa en prisión.

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Rntiendo que si se celebró un juicio rápido, debió de estar vd. asistido por abogado, por lo que si sus circunstancias económicas han cambiado, debería vd. dirigirse a él para que interponga un escrito solicitando que se abra una pieza separada de insolvencia. Si a vd. le declaran insolvente, no habrá impago de la multa judicial. Si no hace esto, cada día multa no pagado, se convierte en dos días de prisión, lo que ocurre con las penas privativas de libertad, es que si no superan los dos años, no entraría vd. en prisión, ya que se pediría la suspensión de la pena, condicionada a que en los dos años siguientes, vd. no vuelva a tener una condena penal, en cuyo caso se sumaría esa pena dejada en suspenso a la nueva que le interpusieran.
Muchas gracias por tener la amabilidad de contestar a mis preguntas pero tengo otro problema ya que el otro día sin darme cuenta tire a la basura la tarjeta del abogado que me asistió y no se como localizarlo...
Hola buenas tardes, he seguido sus consejos, he hablado con mi abogado de oficio y le he explicado mi problema económico de no poder hacer frente a la mullta y si se podía cambiar por trabajos a la comunidad, según me ha explicado dice que no es necesario hacer ningún escrito sino que yo me apersone en el juzgado con todos los documentos que certifiquen mi condición económica y que pida una comparecencia al juez que me impuso la multa para decirle mi sittuacion económica y ver si me pudiera cambiar la multa por trabajos a la comunidad, todo esto que le digo me lo dijo mi abogado de oficio por teléfono, me dijo también que podría tener problemas porque yo llevo pagando la multa 6 meses y el juez me lo podría denegar, debo decirle a usted que cuando se me impuso la multa el abogado me dijo que tenia que pagarla sino iría ala cárcel sabiendo mi situación económica en ese momento ya que al retirarme el carnet automáticamente me quedaba sin trabajo porque era mensajero y sin fuentes de ingreso, pero jamas me dijo que la multa se podría cambiar por trabajos a la comunidad, esto yo lo he sacado de internet investigando. Discúlpeme si soy tan repetitivo tengo miedo de ir a la cárcel, durante todos estos mese he estado vendiendo cosas mías para pagar esta multa, pero ahora estoy desesperado tengo 2 niñas que alimentar gastos de alquiler, comida, mi mujer no trabajo yo no consigo trabajo y apenas podemos subsistir con lo que recibo del paro y mi mujer que esporádicamente limpia casas u oficinas y también gracias a los vecinos,, por favor dígame lo que puedo hacer y si es verdad lo que el abogado de oficio me ha dicho, muchas gracias por sus consejos...
Como ya le dije, es muy difícil que vd. ingresara en prisión por impago de la multa, ya que cada dos días de impago se convierte en uno de prisión, y le tendrían que haber condenado a 1.462 días multa para que la pena privativa de libertad no pudiera quedar suspendida, y esa cantidad de días multa no existe prácticamente en la práctica.
En cuanto a la comparecencia en el juzgado, debe vd. llevar la documentación que acredita su situación económica y laboral, y aunque ya existiera cuando vd. empezó a pagar la multa, puede alegar que en ese momento tenía algunos ahorros y contaba con ayuda económica por parte de la familia, y además pensaba que no tardaría tanto tiempo en encontrar trabajo, pero que ya no le queda ningún dinero ahorrado, que su familia tampoco puede seguir ayudándole, y que no ha encontrado trabajo.
Hola, he hecho caso a sus consejos, fui al juzgado de ejecuciones penales y hable con la secretaria le comente mi problema y le dije si es posible cambiar la multa por trabajos a la comunidad, entonces me ha hecho un escrito en el que dice que no puedo pagar y me declaro insolvente, que el juez decidirá si voy o no a prisión y que es muy posible que se me quite la multa al no tener antecedentes penales he firmado el escrito tengo una copia, me dijo que me llamaría para informarme. Ahora mi duda es, ¿tengo qué presentarme ante el juez? ¿i si es que tengo que presentarme deberé llevar todos los documentos que acrediten mi situación económica? ¿O por el contrario el juez leerá el escrito hecho por la secretaria y según eso decidirá? Por favor me puede contestar a estas preguntas, muchas gracias por su tiempo y por su colaboración sin afán de lucro.
Ahora deberá vd. esperar a que el juez dicte un auto de insolvencia y se lo comunique. No necesita vd. llevar más documentos, ya que a través de el INEM y de la Oficina de Averiguación Patrimonial, los juzgados pueden tener todos sus datos económicos y laborales, y contrastar esa información con sus alegaciones.

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