¿Contrato de excedencia puede pasar a indefinido?

Agradeceros de antemano vuestra ayuda. Tengo un contrato de un año por una excedencia, la chica que estaba antes no vuelve, mi pregunta es: ¿Si yo trabajo al día siguiente de que se me acabe el contrato, sin contrato, me deberían de hacer fija?
Os explico un poco más, el de personal, por lo visto no ha mirado la fecha de finalización de mi contrato. Se me acaba el día 20/7/09 y el cree que se me acaba el 21/7/09. Me ha llamado ofreciéndome un contrato del 22/7/09 al 31/8/09 suponiendo que yo trabaje hasta el 21 que es cuando el cree que se me acaba el contrato.
Mi pregunta es, si yo trabajara el día 21/7 sin contrato, ¿me deberían de hacer indefinida? ¿Tengo posibilidades de poder hacer algo?
Me gustaría que alguien me respondiera lo antes posible.

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¿EL contrato que tienes es de interinidad o es eventual? Si se trata de una interinidad no tiene fecha fin y si es eventual y has acumulado un año, al año y un día pasas a ser indefinida directamente. Si está un sólo día trabajando sin estar dada de alta es un fraude de ley por lo que también se presume que tienes contrato indefinido.
Para mayor aclaración dame más datos- Tipo de contrato, fecha de inicio y si has tenido alguna prorroga o algún contrato anterior en la misma empresa y de que tipo es. También sería interesante saber a que convenio colectivo perteneces
Hola!
Mi contrato es a tiempo completo y con interinidad, pero pone que el periodo es de 21/7/08 al 20/7/09.  Mi convenio colectivo es sector seguros.
Anterirormente he tenido contratos en la misma empresa, desde junio de 2006, la mayoría con interinidad y alguno eventual por circunstancias de la producción y siempre a tiempo completo.
Un saludo y gracias.
La finalización de los contrato de interinidad se pueden recogeren el contrato, pero siempre son aproximadas las finalizaciones. En el caso de que se prorrogue la excedencia se puede mantener la misma interinidad sin necesidad de hacer novación contractual. Debes tener prueba explicita de que la persona a la que sustituyes no regresa y ademas en tu contrato debe indicar el nombre y el DNI de la persona sustituida.
Hay otros motivos de interinidad como por ejemplo el proceso de selección para cubrir el puesto que ocupas por un máximo de tres meses más una vez finalizada la excedencia, pero en ese caso deberían hacerte una novación indicando este punto. (Una novación es un anexo al contrato original sin necesidad de realizar un nuevo contrato)
En todo caso no hay ningún inconveniente en que la empresa transforme tu contrato en indefinido en el momento que finaloce esta.
Gracias por la respuesta. En mi contrato si pone persona de la que estoy haciendo la excedencia y no vuelve.
Supongo que en principio deberían hacerme indefinido. Pero si me prorrogarían el contrato incluyendo el día 21, que me extraña, ¿ya seria algo diferente no?
En principio iban a hacer un proceso de selección pero al final tienen que reubicar a personal e intentar que se ponga en el puesto en el que estoy.
Y lo que me comentas de la novación, mirando el contrato no encuentro eso.
Gracias
Un saludo
Si van a reubicar a otra persona pueden tenerte por interinidad un máximo de tres meses más pero al modificarse la causa del contrato deben hacerte ahora una novación o anexo al contrato en el que se indique la nueva causa (por proceso de selección) y además se debe comunicar la novación al INEM. Una vez reubiquen a la persona se finalizará tu contrato de forma automática.

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