Extinción contrato interinidad

He estado trabajando en un ayuntamiento con un contrato de interinidad sustituyendo a una funcionaria que estaba de baja. Durante el período de tiempo que he estado trabajando, la funcionaria a la que estaba sustituyendo le han reconocido una incapacidad permanente total, y mi contrato ha continuado siendo el mismo. Al ocurrir esto interpreté que podía existir alguna irregularidad y consulte con el ayuntamiento, y su contestación fue que la plaza de funcionario la debía cubrir mediante una oposición.
Siguió pasando el tiempo hasta que finalmente convocaron la oposición unos meses después de quedarme embarazada, siendo el examen menos de dos semanas después de yo dar a luz. Me presenté, pero no aprobé, y entonces fue cuando me cesó el ayuntamiento por haber cubierto ya la plaza con una persona procedente del proceso de selección.
Y lo que me gustaría saber es si hay alguna irregularidad en todo este proceso. Me han dicho que al darle la invalidez a la funcionaria titular, mi contrato debería haberse convertido en laboral fijo, pero antes de enredarme quería preguntar a un experto.

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Al concederle la IP a la persona que sustituías deberían haberte realizado un nuevo contrato de interinidad, siempre y cuando dicha IP pudiera ser revisable en dos años, si no era así y el nuevo motivo de interinidad era cubrir un puesto de trabajo hasta que esta plaza fuera cubierta por un funcionario, por tomar posesión de la plaza, estaríamos ante fraude de ley, debido a que una vez terminado el contrato de interinidad continuaste trabajando.
En este caso tendrías derecho a reclamar el contrato indefinido, tienes 20 días de plazo desde el momento que finalizaron tu contrato, si el ayuntamiento no acepta tendría que indemnizarte con 45 días por año trabajado.
Gracias, muchas gracias.
Pero resulta que estos veinte días ya han pasado. ¿He perdido cualquier posibilidad de reclamación?
Gracias de nuevo
Firmé el recibí del cese con fecha de efecto el 30 de noviembre de 2009.
Perdona que sea tan insistente, por no decir pesada.
Revisando mi documentación, he visto que en el contrato no figura el nombre del trabajador a sustituir.
Por otro lado, en el decreto de alcaldía por el que se me nombraba como sustituta (personal laboral eventual) dice que "La prestación de servicios finalizará en el momento que se incorpore la trabajadora ___________ o se provea la plaza de manera fija.
Te lo digo por aportarte más información.
Muchísimas gracias de nuevo.
Un saludo.
Esto confirmaría el fraude de ley del contrato, pero si la fecha de la extinción fue el 30 de noviembre la acción para reclamar por despido habría caducado.
Debes tenerlo en cuenta en el futuro y comprobar la documentación antes de la extinción para reclamar lo que te corresponde de forma correcta.

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