Derechos contrato interinidad

Acabo de firmar un contrato de interinidad del 24 de marzo al 30 de septiembre. Me gustaría saber si ha efecto de vacaciones tengo los mismos derechos que con un contrato eventual, o si no tengo derecho a pedir vacaciones y me pueden obligar a cobrarlas con el finiquito. También me han dicho que si llegado el 30 de septiembre la persona a la que sustituyo por cuidado de hijo decide ampliar el tiempo de excedencia me lo notifican y se prorroga hasta que ella se incorpore; en este caso me gustaría saber si yo puedo negarme a la ampliación y tener derecho a reanudar el paro que estaba cobrando como si se terminase el contrato.

1 Respuesta

Respuesta
2
Tienes los mismos derechos que el resto de trabajadores independientemente del contrato. La Empresa puede obligarte a pagarte en el finiquito la mitad de las vacaciones que te corresponden por ese periodo de trabajo (calcula unos 2,5 días por mes trabajado) pero el resto es a elección tuya.
Si ellos deciden ampliarte y tu dices que no seria una finalización de contrato pero al ser a expensas tuya tiene la misma consideración que una baja voluntaria y no tendrías derecho a paro. Tendrías que hablar con la Empresa para que en caso de que acordéis que no quieres seguir sean ellos los que notifiquen a la oficina de Ejemplo la finalización del contrato pero por decisión de ellos
Realmente en el contrato pone fin 30 de septiembre pero al firmarlo me han dicho que si la persona a la que sustituyo decide alargar la excedencia con notificármelo valdría. ¿No tendría que firmar un nuevo contrato? ¿Si fuera así podría decir que no a renovar?
No, seria una prorroga porque el contrato de internididad es el mismo (siegues sustituyendo a la misma persona). Podrías decir que no pero se consideraría una baja voluntaria así que te recomiendo que en caso de que sea que no quieras seguir negicies con la empresa lo que te he contado antes

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas