¿Despido procedente o improcedente?

Hola trabajo en una empresa de reparto publicitario desde junio de 2007 con contrato indefinido y hoy me han dichoi verbalmente que desde el próximo día 26 de febrero la empresa ya no cuenta conmigo por que les han quitado un cliente muy importante de reparto y ya no van a necesitar tanta gente, ¿mi pregunta es deben avisarme con por plazo de preaviso? ¿Deben darme 20 o 45 días por año? Y decirme algo más que se me olvide y pueda alegar
También saber si deberían haberme preavisado y si no lo hacen que hacer
Un saludo y gracias de antemano.

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Ante todo, que la empresa te comunique lo mismo, pero por escrito, nada de palabra, que son muy listos ellos.
Si te lo dicen de palabra, y tu confiado no apareces en tres días, te despiden de forma procedente sin derecho a indemnización, ni paro.
Pues no les cuesta nada decírtelo por escrito, verdad que no.
Deberían darte un tiempo de preaviso, de como mínimo 15 días, pero también pueden sustituir, ese tiempo por una compensación de los días que falten hasta los 15.
Cuando te den la comunicación por escrito, fíjate muy bien en la fecha del encabezamiento del escrito, que seguramente estará mal, corrigela antes de firmarla, y cuando la firmes, pon no conforme y la fecha del día en que la firmas. Si no te dejan es que algo están haciendo mal.
El despido sera improcedente, por lo que te corresponderán los 45 días por año en la empresa.
Otra cosa, cuando te comunican el despido, deben poner a disposición del juzgado de lo social, las cantidades por tu despido, si no lo hacen, cuando presentes denuncia por tu despido, por que al final, seguramente tendrás que demandar, pide los salarios de tramitación, el abogado que te defienda, sabe que es.
Como aun mantengo la pregunta en mi escritorio, te rogaría que si has terminado.

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