Maternidad, vacaciones y reducción de jornada

Hola, voy a explicar un poco el problema que tiene mi mujer en su empresa.
Mañana día 4 de Enero se le acaba el permiso de maternidad y el día 5 (Lunes) se debería de incorporar a su trabajo.
Resulta que hace un par de semanas mi mujer le comunico a su Empresa que quería disfrutar de los 15 días que le quedaban de Vacaciones del 2008 ahora, justo continuado a su permiso de maternidad. Hoy hemos recibido la contestación por Burofax, la cual le deniegan este permiso pero la dicen que se lo puede coger a partir del día 20 de Enero, que ademas es Martes, ¿Esto es legal? Tenia entendido que el inicio de Vacaciones debería de ser un Lunes, ademas de que en el caso de haber disfrutado del permiso de maternidad estas Vacaciones que tiene pendientes se debería disfrutar al termino de dicho permiso, no pone continuado, pero pone al termino según el Estatuto de los Trabajadores...
¿Me podéis resolver estas 2 dudas?
Ademas resulta que en el comunicado que hizo mi mujer para el disfrute de sus Vacaciones, incluyo en el mismo su derecho a una reducción de jornada, que estableció a partir del día 20 de Enero, fecha en la que hubiera sido su incorporación, después de las Vacaciones que solicitaba. Este derecho a la reducción de jornada se le ha sido concedida, pero a partir del día 20 y no desde su incorporación a la empresa. Pienso que quizás es un fallo haber puesto en el comunicado a partir de que fecha iniciaría su reducción de jornada, pero también se actúa de mala fe si no se le ha concedido desde su incorporación, ¿Qué pensáis?
También me gustaría saber si el derecho de reducción de jornada se puede solicitar sin dar 15 días de antelación...
Por otro lado hay algo más que pedía mi mujer y le han contestado con otra cosa diferente.
Mi mujer ha pedido reducción de jornada por maternidad y reducción de una hora por lactancia. En el escrito se deja claro que de Lunes a Viernes trabajaría de 9:30 a 15:30 y Sábados de 9:00 a 14:00 y con la hora de lactancia quedaría así, de Lunes a Viernes de 9:30 a 14:30 y de 9:00 a 13:00 el Sábado. Todo esto en la petición de mi mujer.
La contestación de la empresa sin ningún motivo o causa es la siguiente:
De Lunes a Viernes de 9:30 a 14:00 y de 15:00 a 16:30 horas.
Sabados de 9:00 a 14:00
Si concede la hora de Lactancia.
Pero según los Estatutos de los Trabajadores, cuando existe una reducción por maternidad es potestad del trabajador elegir la hora que más le convenga. Ademas de que la empresa tiene horario continuado no tiene un horario de cierre al medio día...
Necesito ayuda rápida porque se incorpora este Lunes a su trabajo, me parece una puñeta o pataleta de su Jefe con mi mujer, no concederla las vacaciones correlativas sin ningún motivo aparente, así como negarle su derecho a elegir el horario por su reducción...
Salud y muchas gracias.

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Dependerá de las ganas de pelear por sus derechos que tenga su mujer y si no tiene inconveniente en acudir a la vía judicial para que le sean reconocidos. Dicho esto.
Sobre el tema de las vacaciones:el E.T dice que se pueden disfrutar después del permiso de
maternidad aunque haya pasado el año natural (su caso). Pero no dice nada más. Por lo tanto se ha de estar a que han de ser de mutuo acuerdo, se han de pactar como siempre. Salvo que el convenio aplicable indique que se puedan disfrutar seguidamente a la baja maternal(en este caso se debería comunicar por escrito firmado por la empresa o por burofax con acuse de recibo y certificación de contenido si la empresa se negase), su mujer ha de hablar con la empresa para que le planifiquen las vacaciones de manera escrita o poner una demanda por el tema de las vacaciones ante la jurisdicción laboral(juzgados de lo social)para la fijación de las mismas. Por lo tanto sino lo dice el convenio colectivo su mujer no puede imponer las vacaciones pero la empresa tampoco puede imponerselas para el 20 de enero(por cierto las vacaciones se empiezan en lunes).
Sobre el tema de la reducción, tiene usted razón la ley dice que la concreción horaria es
potestad del trabajador dentro de su jornada ordinaria y donde sus funciones tengan
sentido. Por lo tanto la reducción la elige su mujer y el porcentaje de la misma también. La empresa no es nadie para limitar ese derecho. Por lo que si la empresa se niega(de hecho ya se ha negado)lo que procede es una demanda ante la autoridad laboral. No olviden buscar asesoría profesional del gabinete jurídico de algún sindicato o abogado laboralista para interponer la demanda y que sea un juez el que ponga las
en su sitio. Por cierto, en ningún sitio pone que hayas de preavisar con tantos días para
pedir la reducción(la ley especifica un plazo de 15 días para volver a jornada completa),
pero si seria lo más prudente y que no se vea que actúas por las bravas, sobre todo en caso
de denuncia.
Por ultimo no olvide revisar su convenio a ver que dice sobre los temas que estamos tratando por que podría resultar que el mismo deje todos los cabos bien atados y usted solo deba comunicar que va a ejercer sus derechos sin tener que acudir a la vía judicial.
Finalice y puntúe sino tiene más dudas.
Modelo de carta para la comunicación de la reducción de jornada.
A la dirección de la empresa-----sita en-----.
El/la sr/a-------------con DNI ---, como trabajador de la empresa citada en el encabezamiento de la presente carta, con categoría profesional-------------.
Comunica:
Que en virtud a lo dispuesto en el art.37.5 del Estatuto de los Trabajadores, se acoge a reducción de jornada por guarda legal de menor, siendo mi nuevo horario de------a ------, de lunes a ------, a partir del día--------.
En caso de no recibir negativa por parte de la empresa en un plazo de -----días este documento servirá de aceptación expresa del nuevo horario.
Un cordial saludo.
Barcelona, 11 de septiembre de 2008 Firma del trabajador
Obviamente que te firmen la carta conforme han recibido la comunicación y si la empresa se niega se la mandas por correos con acuse de recibo y certificación de contenido. Si la empresa se niega a la reducción o no contesta puedes poner la demanda pasado el plazo que pusiste en la carta.
Gracias por el aclaratorio y confirmación. En cuanto a las vacaciones ya me había hecho a la idea por la forma de actuar de la empresa, y no poner claro en el E.T. cuando se debe de dar las vacaciones en este tipo de situación, ya que no lo especifica. Pero me queda una ultima duda, ¿Es seguro que las Vacaciones se tienen que coger a partir de un Lunes? Lo pregunto porque yo estuve un tiempo en un Comité de Empresa no lleve el tema de calendario laboral y vacaciones porque nos repartíamos las funciones y yo me ocupa de la Contratación, pero de refilon es también lo que pensaba. Aun así pregunte a un familiar que el es ahora miembro del Comité de Empresa y me dijo que no lo sabia del todo seguro porque no lo veía escrito en ningún lado. Yo no recuerdo cual es el motivo de mi pensamiento de que deben de comenzar un Lunes, pero se que de algún sitio me entere...
Sobre el tema de las ganas de pelear por nuestros derechos estamos llenos de ganas porque realmente estamos hartos de aguantar la situación que esta viviendo mi mujer. Los 2 estamos afiliados a un Sindicato y ya tenemos cita con un abogado laboralista para poner en sus manos sobre todo el tema de la concreción horaria, que es lo más sangrante. Creo que hay varios factores que la amparan como que su situación es tener a cargo 2 hijos y un marido Minusválido e Incapacitado (razón por la que tuve que abandonar mi empresa y mi puesto como miembro del Comité)...
Al tener ya solicitado y concedido su Reducción de jornada, no moveremos más el asunto con vistas a una más que segura denuncia, solamente quería saber la antelación de la solicitud por si cabía la posibilidad de modificar la fecha ya que esta reducción ha sido concedida a partir del día 20 de Enero, y empieza a trabajar el día 5 de Enero. Se hizo de esta manera con acompañamiento de un asesor sindical, donde se pensó en primero disfrutar de sus Vacaciones y se puso la fecha de inicio "20 de Enero" en vez de haber puesto por escrito "A su incorporación" o similar, La empres ha movido las Vacaciones y han actuado de Mala Fe, y ahora tendrá que trabajar en su horario normal hasta el 20 de Enero...
Doy el tema por finalizado esperando la simple contestación sobre la confirmación de que las Vacaciones deben de comenzar un Lunes...
Salud y Muchas gracias
Pues mi razonamiento se basa en que si su mujer trabaja de lunes a viernes o de lunes a sábado la ley establece un descanso mínimo semanal ademas retribuido, por lo que, por ejemplo las vacaciones no se podrían empezar un domingo, por que ese domingo es de descanso semanal y ademas retribuido, se empezaría un lunes. Por lo que por una misma regla de 3 no tiene sentido empezarlas un martes. En su caso entiendo que su jefe no tiene ningún motivo especial para que empiece las vacaciones un martes(día 20), solo el instinto empresarial de putear a sus empleados y que disfrute de 17 días seguidos de vacaciones en vez de 15(los 2 del fin de semana más los 15 días de vacaciones).

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