Derecho a los atrasos en nómina

Me gustaría saber si tengo derecho a los atrasos del último convenio (del metal), si en mi nómina aparece un apartado denominado "incentivos".

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Claro que tienes derecho, faltaría más, aunque en tu nomina ponga "incentivos" o cualquier otra cosa.
Los atrasos de salario, así como de los complementos salariales, que por negociación colectiva, se deriven de la misma, se abonaran por la empresas a sus trabajadores, en las cuantías y formas que la propia negociación del convenio colectivo, establezca.
Si la negociación del convenio, termina en octubre, por ejemplo, tu has estado cobrando, el salario del año pasado, hasta que el nuevo convenio, establezca el nuevo salario, con las subidas pactadas.
A partir de la firma y publicación del convenio, tienes el derecho a percibir, el nuevo salario, con los correspondientes atrasos. Estos atrasos, también afectaran a las pagas extras y periodo vacacional, en su caso.
Cobraras los atrasos, salvo, que la empresa, todos los meses, te haya pagado alguna cantidad a cuenta, sobre estos atrasos, que también puede ser.
La cantidad total de los atrasos, por categoría, o nivel profesional, lo puedes pedir en un sindicato, de los que han firmado el convenio. Así sabrás que cantidad le puedes solicitar a la empresa, por el concepto de atrasos salariales.
Los incentivos, son otra cosa, distinta, que por lo general se pagan, por una mayor o mejor cantidad, o calidad de trabajo, por ejemplo, también puede ser un concepto salarial, que bajo esa denominación, este establecida por el convenio.

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