Contrato de obra

Hola, tengo varias preguntas esta es mi primera pregunta, hace tres semanas me hicieron un contrato de obra a tiempo completo, la empresa esta en madrid y la obra es en móstoles, normalmente el horario es de 8 a 14 y de 15 a 18, ¿este horario lo tengo que hacer en la obra o el desplazamiento también se considera efectivo de trabajo?
Segunda pregunta, he estado trabajando en esa obra dos días y después he estado en varias obras diferentes, y mi pregunta es la siguiente, como el contrato es de obra a tiempo completo eso no es ilegal de trabajar en otras obras, si ahora me dicen que me van a cambiar el contrato pero siguiendo de obra a tiempo completo pero siendo ahora esta obra en alcobendas, me puedo negar a firmar o es mejor firmarlo.
Mi siguiente pregunta es lo siguiente: ¿Tengo derecho a cobrar desplazamiento o dieta teniendo contrato de obra a tiempo completo?
Bueno estas son mis preguntas.
Muchas gracias por todo, un saludo.
Respuesta
1
Si en el contrato dice claramente cuál es la obra o servicio que prestas y dónde está entonces no se cobra el tiempo de desplazamiento al lugar donde hay que trabajar. Si no lo especifica estás ante un contrato temporal en fraude, y por tanto indefinido.
En un contrato temporal por obra tienes que trabajar exclusivamente en esa obra, que además debe tener una entidad suficiente dentro de la actividad de la empresa. Como has trabajado en otras, tu contrato está en fraude = indefinido, aunque no lo diga en el contrato.
Firma cualquier contrato que te pongan por delante. Eso no les dará validez como temporales. Al revés, cuantos más contratos encadenados fraudulentos firmes mucho mejor, porque será más obvio el fraude e irás aumentando tu antigüedad.
Por otro lado, se cobra lo mismo con contrato temporal que con indefinido. Lo único que los diferencia es la indemnización por despido. Por tanto, siempre hay que firmar sin rechistar todos los contratos temporales encadenados que diga la empresa. Te pueden hacer varios eventuales con sus prórrogas, luego uno de obra, luego otro de obra... da lo mismo. Como estarán todos en fraude es como si hubieras sido indefinido desde el primer día. Es incluso mejor porque tu jefe y su asesor, que no tienen ni puta idea ninguno de los dos, tendrán la falsa seguridad e que en cualquier momento te ponen en la calle casi gratis, y por eso te seguirán renovando y firmando más contratos. Cuando llegue el momento en que te quieran echar será cuando pases la factura: demanda por despido improcedente y a pagar salarios de tramitación en indemnización de 45 días por año a contar desde el primer día del primer contrato.
En cuanto al cobro de desplazamiento y dieta, cuando te cambian de sitio tendrías derecho al cobro de dieta si eso te supone, por ejemplo, comer fuera de casa si estando en la sede de la empresa no lo hicieras. Lo mismo con la diferencia de kilómetros respecto a ir a la sede o ir a la "obra". Pero todo esto, igual que el tipo de contrato, déjalo para el final. Cuando te quieran echar les podrás cobrar el despido, como te he dicho antes, y las dietas y desplazamientos de los últimos 12 meses. De momento es más hábil callarse, porque cuanto más tiempo pase más cobrarás al final y más paro generarás.
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Gracias por la contestación tan rapido, quería preguntarte cuando me echen a la calle me dices que les demande por despido improcedente eso que quiere decir, que los denuncie o esperar haber que me dan cuando llegue ese día.
Cuando te echen ellos te presentarán un documento en el que dirá que te comunican que la obra ha finalizado o que va a finalizar en por días. En otro documento (o puede que el mismo) te comunicarán el finiquito, calculado solamente con una indemnización de 8 días por año, que es la que corresponde a la finalización de un contrato temporal. Ambos documentos los firmas poniendo "no conforme" y la fecha de entrega. Desde el día de finalización de la supuesta obra tendrás 20 días para demandar por despido improcedente (es decir, "denuncia" en el juzgado, que se inicia con un acto de conciliación) ya que la indemnización real, al ser temporal en fraude, es de 45 días por año. Cuando llegue el momento te vas a un sindicato y se encargarán de todo. Si estás afiliado un mínimo de tiempo (entre 6 meses y 1 año, dependiendo del sindicato) te saldrá totalmente gratis.
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