El impresario se niega a darme documentos y a pagar

Otra vez.
Bueno, hoy he ablado con la empresa y dicen que me dan la carta de despido y los demás papeles SOLO SI FIRMO COMO CONFORME a lo cual me negué rotundamente.
Mientras me deben la nomina para el agosto y tampoco me la dan.
Habían preparado la carta de despido como que es despido improcedente y tienen que pagarme 5780 euros por vía juzgado, pero me pidieron que la firme para no poder reclamar nunca más ese dinero. También me han avisado que estoy de baja en SS.
Mi pregunta es ahora como cobro yo el paro, ¿con qué papeles?

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La obligación del empresario de entregar la documentación existe a partir de la fecha en que el despido sea efectivo con un tope de diez días, independientemente de que el trabajador este conforme o no. Hemos de pensar que el plazo para el paro son quince días y por ello el empresario esta aprovechando para presionar en este sentido.
Puesto que ya de por si la propia empresa reconoce el despido improcedente, según veníamos comentando anteriormente esta claro que los supuestos de los que hablamos en la pregunta anterior (supuestos objetivos de despido) no están claros y por tanto hay lugar para la correspondiente demanda ante los servicios de empleo.
La primera alternativa es indicar al empresario que, dado que ellos reconocen la improcedencia por si, el juicio lo tienen más que perdido con la consecuencia de que ademas de indemnización, deberán abonar los salarios de tramitación hasta la fecha de juicio más costas e intereses. Por ello la alternatica es hacerles saber estos extremos ya que quien más va a perder es el.
En caso de que el empresario no acceda toca pasar a la vía administrativa mediante asesoramiento de los servicios de empleo a fin de conocer en detalle el procedimiento y ver, según el caso, los pasos que deben seguirse tanto para solicitar arbitraje como para, si llegase el caso, proceder a la denuncia laboral y al juicio.
Sin perjuicio de lo anterior, la nomina de agosto debe ser abonada antes del 30 de septiembre o entrara automáticamente en mora debiéndose indemnizaf a razón del 10% anual.
Un saludo
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Gracias por la respuesta tan competente.
Lo que no me ha quedado claro es, como puedo cobrar el paro sin tener los documentos necesarios y poder solicitarlo dentro de los 15 días.Ya que conozco bien el empresario y estoy 99% seguro que no querrá dármelos...
Me lo puede aclarar por favor.
Si el empresario se negase a entregar los documentos para el paro, debe ponerse tal situación en conocimiento de los servicios de empleo para que tomen las medidas pertinentes, especialmente si se produce más retraso de los 10 diaz de plazo comentados para la entrega de documentación. Dado que hay baja en seguridad social queda claro que hay despido, por lo que sera empleo quien reclame del empresario dicha documentación así como los pasos a seguir para corregir dicha situación
Un saludo
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