Licencia de vacaciones por boda

Yo me casé el 28 de julio en Cuba, inscribí el matrimonio el 4 de agosto en la embajada española allí mismo y estoy a la espera de que el 20 me entreguen alguna copia del libro de familia que certifique el casamiento (también porto certificado cubano). La boda se celebró durante mi permiso de vacaciones. Al llegar posteriormente a mi trabajo el 9 de agosto, informé de este hecho para poder llegar a un acuerdo de las vacaciones (en el convenio solo indica que son 15 días de permiso, sin especificar de que manera se disfrutan, simplemente avisándoles). El encargado de llevar este asunto lleva días dándome largas sin cogerme el teléfono por lo que me estoy temiendo que quieran dejar pasar los 15 días naturales y me las nieguen. Yo mientras sigo yendo a trabajar. ¿Hay alguna manera de disfrutar esos días? ¿Están ellos obligados a darme los días aunque no haya avisado antes de casarme?

1 respuesta

Respuesta
1
El permiso de matrimonio, salvo que el convenio establezca mejores condiciones o se llegue a un acuerdo con la empresa, es de 15 días y se disfruta (siempre que se preavise) desde el día del matrimonio.
Deberías haber solicitado por escrito dicho permiso en primer lugar para tener derecho a él. Si te coincide el permiso de matrimonio con las vacaciones no tienes derecho a disfrutar este permiso sumado a las vacaciones, lo perderías.
Por lo tanto salvo que llegues a un acuerdo con la empresa, y esta voluntariamente quiera darte unos días por haberte casado, salvo esto, no podrás exigir a la empresa el disfrute de dicho permiso.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas