Baja voluntaria por traslado de centro

Hace tres semanas uno de mis jefes me comunico de forma verbal que la empresa se trasladaba por motivos financieros a otra población. Este traslado me supone no poder ir en coches y tener que coger el metro todos los días incrementado el tiempo de desplazarme al trabajo casi 2 horas más al día. Me reuní con mi jefe y negociamos, yo le dije que me dejara entra 30 min más tarde y salir 30 min. Antes para compensar el tiempo que invierto en ir en metro.
Hace unos días me ha comunicado que no van hacer ninguna negociación que las condiciones no me las van a modificar, yo le indique que en ese caso no podía seguir trabajando con ellos pues el tener que salir 1 hora antes de mi casa para ir a trabajar y llegar una hora después me es imposible por mi situación familiar. Mi jefe me ha dicho que me lleva al paro pero que tendría que renunciar al finiquito.
Me parece injusto que por una decisión que no he tomado yo me vea en la obligación de solicitar la baja voluntaria no teniendo ningún tipo de indemnización y además sin poder solicitar el paro. Mi convenio es el del comercio del metal de la comunidad valenciana.
Mi pregunta es si la baja voluntaria por traslado de centro sin cambio de domicilio conlleva algún tipo de indemnización y si puedo cobrar el paro, de no ser así en caso de que acepte lo que mi jefe me ha propuesto para ir al paro no tengo claro si renunciar al finiquito supone renunciar solo a la indemnización o a todo (pagas vacaciones, vacaciones no disfrutadas etc)
Estoy hecha un lío y con mucha impotencia pues me queda la sensación que ha la empresa le viene incluso bien que me vaya y se van ahorrar lo que supondría si me despidiesen ellos.

3 respuestas

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Si el cambio de población es a una distancia mayor de 55 km y no estas dispuesta te tendrían que indemnizar. Pero por lo que me cuentas no es así. En primer lugar tu no puedes renunciar a tu finiquito porque legalmente te corresponde (no te pueden obligar). En el mismo han de pagarte las vacaciones dejadas de disfrutar junto con la parte proporcional de las pagas extras.
Te recomiendo que les pidas por escrito todo lo que te han dicho verbalmente, que no firmes ninguna baja voluntaria (no tendrías derecho a paro) y que esperes a que sean ellos lo que te despidan. No se lo pongas tan fácil.
Acude a un sindicato a contarles lo que te está pasando, ellos te asesoraran con los pasos a seguir y pelea por buscar la indemnización que te corresponda junto con el finiquito. Probablemente ellos no te han comunicado por escrito este cambio de población y estuvieran cometiendo una infracción.
Ya me contarás
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En primer lugar debes diferenciar entre finiquito e indemnización, siempre tendrás derecho a finiquito: salarios que te deban y parte proporcional de vacaciones y pagas extras. La indemnización solo la percibirás en determinadas ocasiones, como por ejemplo en un despido.
Si das tu baja voluntaria no podrás cobrar desempleo.
Tienes otra solución, la empresa debe comunicarte por escrito el cambio de domicilio con una antelación mínima de 30 días, podrías demandar a la empresa por modificación sustancial de las condiciones de trabajo, al cambiar de domicilio cambias las condiciones por las cuales aceptaste trabajar en la empresa, en función de esto si ganas el juicio tendrás derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado, además del desempleo.
Parece que quieren que des tu baja voluntaria para que les salga el despido gratis, nunca debes renunciar a tu finiquito, pactar un despido es fraude por ambas partes. Busca ayuda profesional para estar en igualdad de condiciones que la empresa.
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Como baja voluntaria no tienes derecho a indemnización y estás en manos del empresario si quieres cobrar el desempleo. Ahora bien, entiendo que la situación de traslado de la empresa constituye una modificación sustancial de las condiciones de trabajo y, en consecuencia, supone que tu no aceptación conllevaría una indemnización de 20 días por año trabajado con el tope de una anualidad, amén del finiquito que te corresponda y el derecho a percibir la prestación por desempleo. Debes presentar la demanda en el plazo improrrogable de los 20 días siguientes a la notificación del traslado del centro.

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