Prescripcion reclamacion atrasos

En febrero de 2007 se publica la tabla de atrasos correspondiente al año 2007 de un convenio. En marzo de 2008, un ex-trabajador de esa empresa inicia un procedimiento judicial reclamando cantidades por atrasos de enero a julio de 2006, fecha en la que fue despedido.
¿Cuándo prescribe la acción por reclamación de atrasos? ¿Un año desde la publicación de la tabla? ¿Si esta se publico en febrero de 2007 y reclama en marzo de 2008 prosperaría la reclamación?

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Exacto, la prescripción se ha evitado, además la han realizado con un año menos un día desde la publicación.

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