Moscosos

Me gustaría saber en qué artículo de la legislación están regulados los días de libre disposición.
¿Se pueden coger todos seguidos?.
Muchas gracias.

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Querido/a maeve:
Los días de libre disposición están regulados en los Convenios Colectivos. No tienen porque existir obligatoriamente.
Mira tu convenio colectivo y verás la regulación. Sobre si se pueden coger seguidos todo depende de lo que diga el convenio. Si el convenio no lo prohíbe pues, entonces, podrá hacerse.

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