La casa familiar.

Mi padre murió hace 3 meses y dejó la herencia a mi madre. Soy hija única y mi madre sufre principio de demencia senil. Como vivía de alquiler, mi novio y yo hemos hecho reformas en casa de mi madre y vamos a vivir con ella. Antes de empeorar de su enfermedad firmo un poder general a mi favor, o sea yo lo llevo todo (Papeleos, compras, pagos, etc) Y me han dicho que no esta en condiciones de testar. Mi pregunta es, el día que fallezca, aparte de su empeoramiento con la enfermedad, ¿Qué pasara con la casa? ¿La heredare automáticamente?

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Respuesta
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Primero, te diré que lo que dices de que tu padre dejó heredera a tu madre, no es así.
La heredera eres tu.
Si no hay testamento, eres la heredera de tu padre. De su 50%. Lo que pasa es que de momento solo eres una "pretendida heredera". Porque las herencias son un derecho. No una obligación. Por lo tanto, debes decidir si aceptarla o rechazarla. Y tanmto como una cosa como la otra, se hace ante notario.
Si hay testamento, habrá que ver el contenido. Imagino que lo hay porque dices que dejó la herencia a tu madre. Que ya te digo que eso no es así. Sin ver el testamento, ya te digo que no.
Porque la Ley reserva una parte de la herencia de una persona, para los llamados "herederos forzosos". En este caso eres tu la heredera forzosa, y de entrada te corresponden dos tercios de la herencia de tu padre, que es la legítima.
Osea, que si como parece que das a entender hay testamento, leelo bien.
Luego está la otra tercera parte de la herencia. Esa es el llamado "tercio de libre disposición", que se lo puede dejar a quien quiera. Es de libre disposición.
Se lo puede dejar a un amigo, a un vecino, a tu madre, a ti, a una ONG... a quien quiera.
Lee bien el testamento.
Tal vez en el testamento diga que deja a su esposa el "usufructo vitalicio" de toda su herencia.
Pero el usufructo no es propiedad. El usufructo es derecho a goce y disfrute de por vida. Pero no eres dueño. La dueña eres tu, que eres la hija. Pero eres "nuda propietaria". Osea, que eres dueña, pero no puedes disponer mientras tu madre viva, ya que el usufructo termina al falleceer el usufructuario.
¿El día que fallezca tu madre? Pues lo ideal es que dejara testamento. Aunque solo diga que te nombra su heredera universal. Que es lo que eres.
Si no hay testamento, eres su heredera universal, y si lo hay, lo suyo es que te nombre su heredera universal.
Lo que pasa es que si hay testamento, cuando ella muera, lo tienes facilísimo y muy barato el hacerte dueña de la totalidad de la casa. Y si no lo hay, también serás la dueña al final, pero con más gastos y gestiones.
Bueno, yo creo que he contestado a todas tus preguntas, pero si te queda alguna duda, me la consultas antes de finalizar la pregunta.
Por cierto, una cosa más: Ya te he dicho que debes aceptar la herencia de tu padre.
Y hacienda da seis meses de plazo desde el fallecimiento para el pago de los impuestos de sucesiones. Pasado el plazo, te ponen recargo y comienzan a correr los intereses de demora, y la deuda es mayor cada día.
Pues nada, un saludo y si no tienes más que añadir, te ruego finalices la pregunta para que se te quede libre.
Gracias por tu respuesta. Ha sido de gran ayuda, porque me daba miedo gastarme el dinero en la reforma para nada. Me leí lo del testamento y es cierto, pone a mi madre de "usufructo vitalicio". Ya lleve toda la documentación a un notario para lo que se llama aceptación de herencia y me han dicho que con todo arreglado lo tengo que llevar a hacienda a pagar unas tasas. Como dije al principio, muchas gracias por vuestra ayuda.
Pues si.
Lo que se pagan son los impuestos de sucesiones. Hacienda da seis meses tras el fallecimiento para el pago de los impuestos. Si se pasa el plazo te ponen un recargo e incluso comienzan a correr los intereses de demora. Y cada día la deuda aumenta.
Así que no te duermas.
Solo disponemos de 20 preguntas abiertas y si finalizas ya puedo contestar a otros.

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