Se puede subastar una casa en usufructo

Soy la persona que tiene la nuda propiedad sobre una casa en usufructo, el usufructuario es la ultima esposa de mi padre, en la patición (cuaderno particional) de la herencia me comprometí a pagar unas deudas que tenia mi padre, en este momento no puedo seguir pagando pues aumentan los gastos de una manera vertiginosa (derramas etc..) ¿Quiero saber si yo dejo de pagar que pasa?. ¿Se supone que se embargara la casa y después la subastara el banco?, ¿Pero qué pasa con la usufructuaria?
¿Se puede subastar una casa en usufructo?
¿Qué se quedaría la usufructuaria en este caso?
No tengo otros bienes con los que pueda responder de la deuda, así que supongo que se ira contra este bien.
Agradecería mucho una contestación
Muchas gracias y un saludo
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Pues por supuesto, que se puede subastar. Es como cuando alguien deja de pagar la hipoteca y en el piso hay un inquilino.
Es decir, que el que se lo adjudique, tiene que respetar el contrato del inquilino, pues en este caso, se subasta la nuda propiedad, pero el usufructo sigue vigente.
Claro que ya dependiendo de la edad de esa señora, pues es difícil que nadie vaya a pujar. No están los tiempos para tonterías. Hay una crisis de narices.
Hola
Gracias por la contestación
¿Pero si nadie puja por la casa que es lo que pasa en adelante?
La viuda tiene 62 años
Muchas gracias de nuevo
Pues los acreedores tienen la opción de quedársela, a cambio de la deuda. Deberían respetar el usufructo de por vida, por supuesto.
Como no conozco nada de las deudas ni de los acreedores, pues poco más le puedo decir.
Pero el tema es complicado, aunque está claro que el acreedor tiene derecho a cobrar como sea. Y si no se le paga, puede embargar y solicitar la subasta, y los jueces no admiten mareos. Si nadie puja, se la adjudica al acreedor.
Lo que pasa es que una mujer puede vivir hasta los 90. Ayer salió una en la tele (muy despierta, por cierto), que cumplía creo que 108 años. Osea, que no creo que nadie quiera pujar por una casa así. Pero el acreedor, se la puede adjudicar e intentar llegar a un acuerdo con la mujer para compensarle económicamente y que renuncie al usufructo y así poder alquilarla o venderla.

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