Padres divorciados

Hola, me dirijo a usted ya que mis padres se divorciaron hace 1 año, la historia es que somos dos hermanos, 1 con 18 y yo tengo 26 años, no fueron a juicio pero anduvieron con abogados y en la resolución ni aparezco, ni quien se va a quedar conmigo ni nada, vivo con mi madre y mi hermano, gracias a la "caridad cristiana de mi madre" ya que en la resolución no aparezco para nada, a mi hermano le pasa una pensión alimenticia, me gustaría saber si ami me debería de pasar también ya que llevo en el paro desde antes que se divorciaran y no tengo ingresos ni independencia económica. Le agradecería una respuesta

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Debo preguntarle el motivo por el que no aparece en la resolución, ya que convivía con sus padres y no estaba emancipado económicamente. Según parece sólo se fijaron cantidades a favor del entonces menor, aunque también le corresponde por ese motivo una modificación de esas medidas adoptadas ya que estaban obligados a incluirle.
''En Octubre de 1.990, y con la aprobación de la Ley 11/1990, segundo párrafo del precepto antes mencionado se añadió en los términos siguientes:
"Si convivieran en el domicilio familiar hijos mayores de edad o emancipados que carecieran de ingresos propios, el Juez en la misma resolución, fijará los Alimentos que sean debidos conforme a los artículos 142 y siguientes de éste Código"
Debe ser el hijo mayor de edad o el progenitor con quien conviva solicitar en ejecución del proceso matrimonial, por la vía incidental de modificación de medidas, la declaración de la obligación alimenticia y su cuantificación, pues a mayores ésta precisa para su nacimiento de bases distintas a los alimentos del menor, cuales son la convivencia con un progenitor en el domicilio familiar y la carencia de ingresos propios, que habrán de ser objeto de alegación, prueba y posibilidad de contradicción frente a quien se reclaman.

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