Modificación medidas supuesto contencioso

Mi mujer solicitó una pensión alimenticia para su hijo de otra relación después de 13 años sin querer saber nada el padre, se firmo un acuerdo de 190 euros al mes el cual no cumplió en ninguna cuota, por ello lo denunció y el juez le embargo a este sujeto la paga de 600 euros que tiene por la seguridad social por jubilación siendo de 500 euros la pensión alimenticia y el resto de las cantidades pendientes de cobro que ascienden a 12000 euros desde que se inició el procedimiento. Después de un año le ha llegado a mi mujer un procedimiento familia. Modificación medidas supuesto contencioso demandando a mi mujer el cual el juez ha admitido dándole el plazo de 20 días para que mi mujer alegue cuanto estime oportuno siendo también con fecha de hace un año la interposición de esta modificación. Este individuo alega mediante documentación que esta enfermo y que no puede pagar más que 100 euros al mes. Que es lo que puede pasar si ya este señor estuvo en rebeldía y no cumplió el acuerdo mutuo y hay una sentencia firme de las cantidades atrasadas por la audiencia provincial que son los 100 euros.

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Lo que puede pasar es que lo que tiene pendiente no se pierde, pero a partir de que salga la sentencia se puede modificar y pasar de pagar 190 euros a pagar 100 si demuestra lo que dice.
Si vosotros sabéis que no es cierto tendréis que demostrarlo para que no se cambie la pensión.
Pero ahora mismo lo que percibe mi mujer son 500 euros que fue lo que el juez le impuso porque los 190 fue de mutuo acuerdo que el no cumplió, por ello sera de los 500 euros que percibe no de los 190 y el juez debe pensar que esta el niño de por medio y que con los 100 euros no se puede alimentar vestir etc a un niño de 15 años cuando este no se ha acordado y ha intentado no pagar nada-
Pues puede rebajar a partir de 500.
Pero si no tiene dinero no le podrá obligar a pasar más.

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