Informacion sobre manutencion

Necesitaría saber si debemos pagarle a la ex mujer de mi marido la misma manutención que hasta ahora, ya que en la actualidad esta en paro. Se supone que va a cobrar sobre 800 euros de paro y hasta ahora le estamos pasando 382 euros mensuales.

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Si esa pensión ha sido fijada por el juez, mientras que no se tramite un procedimiento de modificación de medidas por variar la situación patrimonial de uno u otro, subsiste la obligación de pagar la misma pensión
No se puede modificar unilateralmente
Me gustaría saber como tenemos que hacerlo puesto que si voy a un abogado me costara bastante caro que redacte un nuevo convenio en virtud de que en la actualidad esta en paro, e imagino que se abrirá un nuevo expediente y llevara bastante meses. ¿Al igual que si solicitamos un abogado de oficio no nos lo darían pues yo estoy trabajando y tengo una nomina de 1100?, ¿Pero también es cierto que tenemos una hipoteca de 800? Mensuales. También me gustaría saber que tanto por ciento debe pagar el padre a su hijo de manutención teniendo en cuenta su nomina o bien el paro. Muchas gracias de antemano.
No se trata de la redacción de un nuevo convenio, sino de la modificación de un punto concreto del convenio fijado, como es el que se refiere a la pensión, en base a la modificación de la situación patrimonial
¿Por manutención te refieres a pensión compensatoria o a pensión para los hijos?
Mi blog: http://respuestasenderecho.blogspot.com/ 
Entiendo lo que me dices pero como es el proceso, imagino que he de ir a un abogado para que redacte la modificación y lo presente un procurador, después el juez debe o no aceptarlo, así como la otra parte... en fin bastante tiempo y dinero para pagar a todos.
Gracias por tu respuesta.
Efectivamente necesitará abogado y procurador para tramitar esta modificación, en la demanda deberá justificarse esa alteración patrimonial que justifique la modificación de las medidas
Por favor necesitaría saber un par de cosillas más:
- Si dejo de pasarle esa cantidad y le pongo la mitad, ¿o sea 200?, ¿Qué pasaría? En todo caso seria la ex-mujer quien debería presentarla ella la situación. No es que dejara de pasarle la manutención si no adecuarla a lo que cobre de paro, ¿cómo ya dije alrededor de 800?.
- Que tanto por ciento toman como base para decir lo que se le debe pasar o no de manutención. En su momento se hizo por mutuo acuerdo por el tipo de trabajo que tenia él.
Gracias
En este caso ella podría hacer dos cosas:
1º O solicitar la ejecución de sentencia por vía civil, en cuyo caso además de las cantidades atrasadas, intereses, sería condenado a costas
2º Interponer una denuncia penal (esto solo si se trata de pensión de alimentos a los hijos)
Respecto a la cantidad puede tomar como base la diferencia entre lo que ella tenía antes y ahora y esa proporción aplicarla
En todo caso tiene que distinguir entre pensión compensatoria y pensión de alimentos a los hijos pues las consecuencias y efectos pueden ser distinto en uno y otro caso
En todo caso es un problema de indefensión, pues si estas en paro lógicamente no tienes dinero para pagar un proceso de modificación de pensión alimenticia al hijo, tan solo quieres pagar algo acorde a lo que cobres puesto que el 50% se le pasaría al hijoy con eso no se puede vivir.
A ella no se le pasa nada puesto que esta trabajando y solo lo hizo el primer año de separarse ( hace 8 años ), en la actualidad la pensión es solo para contribuir a la manutención del hijo que tiene 15 años.
¿Por favor explicame mejor como puedo calcular lo que por ley le debiera pasar de manutención al hijo teniendo en cuenta que cobra aproximadamente 800?.
Gracias
Es que la ley no fija ningún criterio, es una petición que debe hacer las partes y el juez resolver
Evidentemente con 800 euros, pasar una pensión de 382 puede ser algo excesiva, podéis fijar una regla de tres teniendo en cuenta la cantidad que el cobraba cuando se fijó la pensión y la que cobra ahora
Si con lo que cobraba antes pagaba 382 euros, con 800 euros le corresponde pagar x
Pero en todo caso si la madre no acepta, no podrá modificarla unilateralmente sin el riesgo a que lo demande o denuncie
Perdona si soy tan pesada pero no puedo entender esto, no considero lógico que si cobras tan poco tengas que pagar esa cantidad...
Ahora esta mi tema personal, ¿mi ex marido también me pasa 273? Por la manutención de mi hija, pero después de 18 años trabajando en la misma empresa, ¿por darse de baja continuamente cuando fue a llevar el ultimo parte le ofrecieron un cheque con 48.000? Y despedirlo. Esta en espera de que ahora en septiembre lleguen a un acuerdo pues ël es fijo con contrato antiguo.
¿Y ahora que pasa con la manutención de mi hija? También debe seguir pasándomela por el mismo importe o ya no me pasara nada. Si aceptara irse y cobrar ese cheque y el despido, imagino ira al paro. Ademas en la actualidad se ha vuelto a casar y tiene dos hijas, ¿entonces qué pasara ahora?
Perdona si te estoy dando mucho la lata. Gracias
Si tiene toda la razón cobrando 800 euros es excesivo pagar la mitad, pero el problema que tiene es que según la ley si hay sentencia judicial solo con otra sentencia judicial podrán modificarse las medidas, yo entiendo que no tendrían problemas en que rebajarán esa cantidad
Respecto de su hija, lo mismo mientras que no haya una sentencia judicial de modificación de medidas le tendrá que pasar la que fijó el juzgado, para que él pueda modificar las medidas es necesario sentencia judicial (siempre que dichas medidas se fijaron por el juez)

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