Seguro de vida y hogar por préstamo hipotecario

Me comprado una vivienda de vpo y la hora de formalizar el préstamo hipotecario, el banco me ha hecho firmar unos seguros previos, como son el seguro de vida (que en caso de fallecimiento de uno de los propietarios, se cancela parte de la hipoteca) y el de la vivienda (con un contenido de 10.000 euros). El de vida me lo han hecho por 10 años y el de la casa por 3.
En el banco me dicen que el importe del seguro de vida y de la casa los tengo que pagar de una sola vez. El de vida son 1500 euros (cada uno y somos mi pareja y yo) y el de la casa 780.
¿Estoy obligado a pagar los seguros de forma anticipada y por tanta cantidad de años?
Si muere alguno de los tomadores del seguro antes de que finalicen los 10 años contratados, ¿se devuelve el importe de los años pagados y no disfrutados? Es decir, si muero en el año 3, ¿me devuelven el importe de los 7 años restantes que ya he pagado de anticipado y que no he disfrutado?
Respuesta
1
Lo primero:
El único seguro obligatorio por ley es el de incendio, sin embargo puedes contratar uno de casa (más completo) que incluye el de incendio.
Todos los demás seguros son opcionales, sin embargo, los bancos suelen incluir una clausula en la escritura para que contrates alguno de ellos.
Yo te recomiendo lo siguiente, contratar un seguro de casa anual renovable y un seguro de vida anual renovable para cada uno que cubra el 100% (así, si le pasa algo a alguno de los dos, por lo menos no tendrías que seguir pagando la hipoteca !)
La única ventaja de tenerlos por tantos años es que la prima se suele incluir en la hipoteca con lo que no notas tanto el impacto de la prima ya que se diluye en el plazo de la hipoteca.
En cuanto a las devoluciones de la parte no consumida, siempre se puede solicitar a la aseguradora por escrito, suelen reembolsar si amenazas con denunciar a consumo !
Slds.

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