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Inicio de actividad empresarial

Experto:
Usuario:
Fecha: 24/07/2009
Valoración: Categoría: Legislacion Económica
22/07/2009
laurasmoreno, usuario preguntando en Legislacion Económica
Usuario
He decidido comenzar una actividad empresarial por mi cuenta y necesitaría que algún experto me aclarara algunos temas.
En primer lugar quisiera conservar mi trabajo actual mientras activo y pongo en marcha todo. Lo que quiero es poner un despacho profesional. Tengo el local ya disponible y la intención de empezar a funcionar en septiembre/octubre.
Lo que quisiera saber es qué obligaciones de impuestos y demás tengo para poder empezar con toda legalidad. Supongo que pagar autónomos pero no sé cuánto supone ni dónde se tramita. Tampoco tengo idea de cómo llevar una contabilidad de los servicios de consultoría (serán solo para particulares).
Cualquier tipo de orientación que me podáis dar será bienvenida.
Gracias con antelación
22/07/2009
laurasmoreno, experto respondiendo en Legislacion Económica
Experto
En primer lugar, toda la suerte del mundo ... y que te venga mucho trabajo.
Para enfocarlo bien, es preciso definas la actividad a realizar, pues solo asi podre ver cual es el tratamiento fiscal que Hacienda permite/obliga.
Autonomos tendras que pagar, claro que si, salvo que quieras constituir una S.L. pero no creo que sea el caso. La cuota minima mensual de autonomos ronda los 250 euros y se tramita en la Seg.Soc.
Los libros de contabilidad no deben preocuparte, hay mucha oferta de profesionales que se dedican a ello, a precios asequibles, e incluso podrias hacerlo tu misma, pues en funcion de la actividad/tributacion las exigencias pueden ser minimas.
Espero tus comentarios, un saludo
German
22/07/2009
laurasmoreno, usuario preguntando en Legislacion Económica
Usuario
Hola Germán,
Se trata de un gabinete de psicología que será promocionado a través de la web. Además de las funciones normales de una consulta también como servicio adicional a través de la web venderé manuales de autoayuda.
¿Qué ventajas o desventajas tengo si constituyo una SL? ¿Puedo seguir con mi actividad laboral?
Saludos
24/07/2009
laurasmoreno, experto respondiendo en Legislacion Económica
Experto
Hola,
Em primer lugar, decirte que constituir una S.L. cuesta un dinero, y puesto que todo negocio implica un riesgo, es mas prudente comenzar arriesgando lo menos posible. Por tanto, te aconsejo vayas por persona fisica, como actividad profesional. 
Comentarte que la diferencia fundamental entre actuar como persona fisica o juridica reside en la responsabilidad frente a terceros (bancos, proveedores, ...). Mientras que la persona fisica responde con todos los bienes a su nombre, incluso con los de su conyuge si estan en gananciales, los socios limitan su responsabilidad a los bienes a nombre de la sociedad. En otras palabras, un socio sólo puede perder las casas y coches que esten a nombre de la sociedad, pero no aquellos que tenga a su propio nombre o al de su conyuge.
En cuanto a si puedes seguir con tu actividad laboral actual por cuenta ajena, por supuesto que puedes. Unicamente depende de tu propia capacidad de trabajo, y de que tu actual empresa pueda ver tu gabinete con malos ojos y tome represalias.
Vayamos ahora con los impuestos que gravan las actividades.
IRPF
Los servicios de psicologia es una actividad profesional sometida a estimacion directa que obliga a llevar libros de:
- Ventas e ingresos
- Compras y gastos
- Bienes de inversion
- Registros de provision de fondos y suplidos
La actividad de venta de libros, por concurrencia en tu caso con la de psicologia, tambien debe llevarse por estimacion directa.
En la declaracion IRPF, la de toda la vida, hay un apartado para las actividades empresariales/profesionales, relativamente sencillo de cumplimentar, donde entraras tus ingresos y gastos, sumandose el resultado neto de las actividades a tu nomina actual. Ya sabes que la cuota IRFP es progresiva, esto es, se paga mas porcentaje cuanto mas sube la base, de forma que si te va muy bien el gabinete (ojala!) te tocaria pagar mas impuestos por el otro trabajo. Pero vaya, pagar mas no es mala señal, es la consecuencia de ganar mas. 
IVA
Los servicios de psicologia consistentes en el estudio de la psiquis o en el diagnostico, prevención o curación de sus alteraciones estan exentos, o sea, no devengan IVA.
La venta de libros esta sujeta, al tipo del 4%, debes facturarlo. Tienes que llevar libros de IVA de facturas Emitidas y Recibidas. 
CUOTA SEGURIDAD SOCIAL / AUTONOMOS
Como te comenté, deberás darte de alta en regimen Autónomo en la Seguridad Social. minimo esta hoy en 249.18 euros/mes. Tu decides si quieres pagar mas: en funcion de lo que pagues, recibiras tu pension al jubilarte. Recomendacion: paga el minimo.
Si necesitas alguna cosa mas, cualquier duda, aqui me tienes. Y estate tranquila por los temas fiscales, contables, ..., siempre hay soluciones, por caras que puedan ser: lo importante son los clientes, y por supuesto, poner entusiasmo y amor en lo que uno hace, para ir mejorandolo cada dia, como en todo ...
Un saludo, German
 
24/07/2009
laurasmoreno, usuario preguntando en Legislacion Económica
Usuario
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