Deudas monitorio embargos

Va a iniciarse un procedimiento monitorio por más de 15.000 euros de deuda por un préstamo con Caja "X". El prestatario es la empresa S.L. de la que fui administrador, ya disuelta hace 3 años, sin concurso ni nada, regalito de la asesoría que nos malasesoraba y ninguno de nosotros sin tener ni idea de como llevar estas cosas. A lo que iba... Prestatario la S.L. Ya extinguida y somos 4 fiadores solidarios. En la diligencia de presentación, por tanto, somos 5 partes si contamos la sociedad. Como tenemos asumido que hay que pagar (pues hemos llegado a este punto de mora porque uno de los socios no le daba la gana pagar), ¿nos embargarán, a los 4, partes iguales una vez que siga su curso el proceso sin oponernos? Como administrador que era, ¿me puede afectar en mayor medida al ser reclamada la sociedad como prestatario aunque ésta no exista?
Espero haberlo explicado de forma clara, le doy las gracias de antemano por la atención que le pueda prestar.

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El administrador tiene más responsabilidad administrativa y en caso de iniciarse algún procedimiento societario tiene todas las papeletas para llevarse la torta.
Dicho lo cual, si hubiera querido ir contra su socio por la parte que le corresponde el período máximo son cuatro años.
¿Qué pueden hacer? En vez de pagar la deuda en nombre de todos, han de intentar una cesión de crédito. La cesión de crédito es optativa del banco, pero si habla con el abogado del banco y le explica que quiere ir contra él, con tal de cobrar puede que se lo facilite. Si no es así, habría otro recurso, pero lo dejamos para más adelante.
Con la cesión de crédito, el crédito para el Banco está cobrado, pero vivo para otra persona que la reclamará a cada uno de los fiadores. Es la única forma de manera directa de cobrarle a su ex-socio.
Muchas gracias, muy instructivo. Ahora bien, y con esto finalizo. Jugamos con otra carta que nos interesa más. Tenemos otra deuda con la SS que se generó por culpa de eso socio que no quiso pagar el banco. La SS sólo le reclama a él, por que estuvo como autónomo para otras actividades suyas. Bien, nos quedaría compensada si el se come su deuda y luego lo que se nos reclama del banco lo hacemos entre todos. ¿Se podría entonces llegar a este acuerdo con el juez una vez revise nuestros bienes? ¿Qué nos embarguen a los 4 por igual? Y de la parte de la sociedad, que aparece como prestataria aunque fue disuelta, ¿no me exigiría el juez otra parte más por haber sido administrador? Espero que lo podamos hacer a 4 partes, cada fiador solidario pagar lo mismo a base de embargos. ¿Se podría hacer así? Gracias, como siempre, de antemano.
Lo que yo les aconsejo es que lo cierren en una Notaría no ante el juez. El procedimiento monitorio si pagan en plazo no origina más gastos. Si su ex socio paga, ustedes pagan la Seguridad Social. Redacten un acuerdo entre partes, refrendado ante Notario y cada oveja con su pareja.
Las deudas son solidarias, de modo que, ante el Banco no hay cuatro acreedores, a la hora de cobrar, le basta uno de ellos y después ese uno que se las ventile con el resto. Por eso le comentaba que lo único que tiene a su favor es mantener el crédito vivo y comprar la deuda.
Otra posibilidad, que no es muy aceptada por los jurídicos de los Bancos, pero la pueden poner encima de la mesa, es pagar los tres la parte que les corresponda y dejar que el Banco reclame y ejecute la parte no cobrada a su acreedor. Esto depende del abogado del Banco, no depende del juez. El juez esto no lo decide. Pero si hay un letrado que le permite el pago a tres quedando el procedimiento vivo a su ex socio, podría valer también. El Banco redacta un acuerdo de exoneración de la parte pagadora y sigue el procedimiento con tra el que no paga.
Yo lo he hecho alguna vez, pero en estas situaciones el Banco no tenía claro el pago completo. En su caso no se como van a reaccionar, pero merece la pena que lo planteen.
Tomo buena nota. Ya intentamos lo último pero al banco no le interesaba, le conviene más llegar a este punto que ha generado más intereses y costes para pagar. Intentaremos formalizar y acordar antes el asumir la deuda en cuatro partes iguales, que luego no haya líos, pues el otro ya está decidido a pagar él lo de la SS, que viene a ser la misma cantidad que tenía que haber aportado junto a nosotros para liquidar el préstamo (de hecho nosotros 3 pedimos préstamos personales para liquidar el de la empresa salvo él, que fue escaqueándose hasta que hemos dejado de pagar su parte, claro). El pagará la SS, y estaremos más tranquilos así porque amenazaba con reclamarlo al administrador y lo del monitorio por el banco, intentaremos que nos embarguen a los 4, que le vamos a hacer!
   Muchísimas gracias por su tiempo y buenos consejos, un placer!

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