Descalificar hipoteca

Vivo en cádiz y compre una casa vpo, me dijeron que después de pasar de 15 años podía descalificar la casa, pero no se lo que tengo que hacer, cuanto tengo que pagar y si me conviene, porque esto seria para ampliar la hipoteca

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Para solicitar y obtener la Descalificación
Requisitos para solicitar la Descalificación: Podrá solicitarse la Descalificación una vez transcurrido un mínimo de quince años desde la Calificación Definitiva, si se trata de una V P O de promoción privada acogida al Real Decreto Ley treinta y uno barra mil novecientos setenta y ocho, de treinta y uno de octubre. O bien, en cualquier momento, si se trata de una V P O de Promoción Privada acogida al Decreto dos mil ciento catorce barra mil novecientos sesenta y ocho, de veinticuantro de julio (si han transcurrido 5 años desde su Calificación Definitiva). Que el préstamo cualificado obtenido para la vivienda, en su caso, haya sido amortizado totalmente o haya sido novado (cambio de cualquier condición esencial del préstamo cualificado) previamente en un préstamo libre. Para obtener la Descalificación, el interesado tendrá que restituir el importe de la totalidad de las Ayudas económicas directas percibidas y, en su caso, el importe de las bonificaciones y o exenciones tributarias con sus intereses legales correspondientes.
Cumplidos los requisitos, la Administración podrá conceder la Descalificación si de ella no se derivan perjuicios para terceros o el interés social.
Para presentar la Solicitud y la Documentación
Documentación a presentar
1, Impreso de Solicitud debidamente cumplimentado.
2, Fotocopia de la Escritura o titulo público de adquisición de la vivienda; si ésta ha sido heredada, deberá presentarse copia del contrato de adjudicación hereditaria (NO del testamento); y si ha habido separación matrimonial, copia de Escritura de adjudicación a uno de los cónyuges.
3, Fotocopia del DE N I barra CIF del titular de la vivienda.
4, Número de expediente y fecha de la Calificación Definitiva de la V P O, o fotocopia de la Cédula de Calificación Definitiva en caso de tenerla.
5, En caso de existir más de un propietario, deberá presentarse un anexo donde figuren sus datos, así como una declaración jurada y firmada por todos en la que conste que no causan perjuicios a terceros con la Descalificación de dicha vivienda.
6, En caso de existir un representante, hay que presentar un escrito firmado por los titulares de la vivienda autorizando dicha representación.
Trámites a seguir
1, Presentar el Impreso de Solicitud de Descalificación junto a la documentación necesaria.
2, El Servicio de Vivienda de Obra Nueva estudiará si la admite a trámite, en función del cumplimiento de los requisitos, y remitirá de oficio al interesado para que proceda a:
a, Devolver las ayudas recibidas en los Organismos Públicos competentes, en su caso: Ministerio de Vivienda, Subsidiación de la hipoteca. Consejería de Hacienda, Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados e Impuesto sobre el Valor Añadido (o sobre Transmisiones Patrimoniales, en su caso), más los intereses legales correspondientes. Ayuntamiento, ¿Si se obtuvo alguna bonificación (como Licencia de Obras, Plusvalías, u otras?) Más los intereses.
b, Cancelar el préstamo cualificado (o que haya sido novado).
3, El interesado debe justificar, ante el Servicio de Vivienda de Obra Nueva, haber realizado todo lo anteriormente expuesto.
4, La Dirección General de Arquitectura y Vivienda emitirá la resolución de Descalificación de la vivienda.
5, El interesado debe inscribir la Resolución de la Descalificación en el Registro de la Propiedad.

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