Factura iberia con suplido

Tengo una factura iberia con los siguientes datos:
Base sujeta: A
Base no sujeta: 0
IVA 7%: B
Tarifa Total: A+B
Suplido: C
Importe Total: A+B+C
Yo he hecho el siguiente asiento:
629 Fra Iberia (Debe: A+C)
472 Fra Iberia (Debe: B)
410 Fra Iberia (Haber: A+B+C)
¿Es correcto? Mi duda esta en el concepto suplido. No se si contabilizarlo en el gasto o sería necesario hacerlo en una cuenta independiente.

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Respuesta
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En principio, no veo ninguna irregularidad en el asiento que has hecho.
Respecto del concepto "suplidos", es una opción muy habitual en las empresas para no refacturar los gastos que hace un proveedor a cuenta de un cliente.
Te pongo el ejemplo de un abogado que lleva los papeles de una empresa al notario, y este le cobra 100 euros más I.V.A.
Al hacer la factura el abogado factura 100 euros más I.V.A. por sus honorarios, y después de poner el importe del I.V.A., pone 116 euros por suplidos, haciendo un total de factura
De 232 euros.
Haciendo esto, el abogado cobra sus honararios y el importe de los gastos que ha soportado (pero el I.V.A. se lo deduce él y no el cliente). De esta forma él se deduce el I.V.A. del notario pero no se lo cobra al cliente.
El cliente por supuesto, paga los suplidos como un gasto sin I.V.A., aunque al fin y al cabo si se lo podrá deducir en el Impuesto de Sociedades (pero tendrá que esperar a deducírselo al menos hasta dentro de seis meses o incluso 19 meses si la factura es del mes de enero y la declaración del Impuesto de Sociedades la hace en julio)

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