Permiso de Animales Exóticos

Quería hacer una pregunta a ver si alguien me puede ayudar. Si es así muchas gracias de antemano :)
Resulta que hace poco que me comprado una casa, en una finca de unos 10 propietarios, y me he llevado con migo mis mascotas:
Tres tarantulas:2"grammostola rosea" y 1"theraphosa blondi"
Una iguana verde comun y una piton alvina "Python molurus bivittatus"
Llevo bastante tiempo aficionado a este tipo de animales, y me considero bastante experto en lo que al cuidado y trato hacia ellos, y nunca me han dado problema alguno, ya que por ejemplo las tarántulas por muy feas y peludas que sean, son 2 especies que las puedes encontrar en cualquier tienda de animales hoy en día, y su mordedura no es más que un hinchazón bastante menos doloso que cualquier avispa, al igual que la iguana (inofensiva)evidentemente y la pitón, muy popularizada hoy en día.
El problema es que una de las propietarias de un piso se ha enterado de que poseo estos animales (especialmente la pitón), y debido a una fobia suya organizaron una reunión a mis espaldas para tratar el tema, y estudiar mi caso(osea, a ver por que vía judicial o no se, para negarme el derecho a disponer de estas mascotas) y la verdad es que no se que hacer, es decir, no se de que derechos dispongo ni donde acudir, todos los animales tienen sus papeles y an sido comprados legalmente, ¿pueden evitar el que los tenga en casa? ¿Tengo qué dar parte a algún organismo como el ayuntamiento, alguna entidad ecológica o a la policía o algo así? ¿O tengo completo derecho?
Si alguien me pudiera ayudar le estaría muy agradecido.

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Aquí lo importante es que tengas todos los papales en regla, el CITES, los permisos, etc. Si tienes eso, estás autorizado a la tenencia de tus mascotas y la ley te ampara. Respecto a la necesidad de registrar tus mascotas, probablemente dependa de la Comunidad Autónoma. En el caso de Madrid sí es obligatorio que quede registrado y además existen normativas locales por Ayuntamientos.
Puedes echar un vistazo a la siguiente legislación:
- Ley 22/2003, de 4 de julio, de protección de los animales artículos 25, 26, y siguientes). Te copio a continuación el artículo 26 sobre Regulación
Artículo 26. Regulación.
1. La protección de la fauna autóctona y no autóctona se rige por lo que establecen los tratados y convenios internacionales, la normativa estatal y comunitaria, la presente Ley y las disposiciones que la desarrollan.
2. Las personas propietarias o poseedoras de animales que pertenecen a las especies de fauna no autóctona que se determinen por reglamento deben tener la autorización previa del Departamento de Medio Ambiente.
3. El Gobierno debe determinar las especies de fauna no autóctona que deben inscribirse en el Registro General de Animales de Compañía por razones de protección o seguridad de las personas o de protección del medio ambiente.
En Madrid capital se encarga la patrulla urbana del SEPRONA (teléfono: 91 651 46 00) de que se cumplan los requisitos necesarios para la venta de animales exóticos.
Requisitos establecidos por la Asesoría Técnica del Comercio Exterior y el CITES:
Solicitud / notificación de permiso de importación.
Documento de inspección
Certificado sanitario
Lo mejor es que te pongas en contacto con tu ayuntamiento y te informes sobre los requisitos que debes tener. Si tienes la documentación como digo, el registro será puro trámite y tus vecinos no podrán oponerse a que tengas esto o lo otro en tu casa, que para algo es tuya. Para eso está la documentación que tienes, para que puedas tenerlos en tu casa. Pero como digo, consulta con tu ayuntamiento por si tuvieras que registrarlo o te faltara algún trámite.

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