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Gracias por la respuesta anterior. Te quisiera realizar otra pregunta. No se exactamente de donde eres, pero si eres de España a lo mejor me puedes resolver esta duda. Me habian comentado que segun normativa, la unidad condensadora tiene que ir en un cuarto exclusivamente para ella ¿es cierto? Es que resulta que solo he proyectado un caurto de maquinas comun, es decir, en donde sitúo maquinaria contraincendios, bomba de agua, equipo de tratamiento de aguas, etc. En caso de que sea cierto y tiene que ir en un cuarto exclusivo me podrias indicar en que normativa aparece? Gracias.
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