Errores de medición en proyecto

Una administración saca a concurso un proyecto básico con la idea de quien se lo lleve redactara el proyecto de ejecución. Gana una empresa "X" y sus arquitectos redactan el proyecto de ejecución, el cual casi a final de la obra y en las puertas de l resolución del contrato por no haber terminado la obra en el tiempo estiulado (2 años de retraso) dice la empresa que hay un exceso de "X" miles de euros porque ha ahbido errores de medición sobre el proyecto (proyecto que encarga la empresa a sus propios arquitectos) y que ha ido redactando durante la obra (osea, que no había proyecto de ejecución antes de empezar la obra); el proyecto se entrega a la administración para su supervisión 1 mes antes del plazo de la finalizacvión por contrato de la obra). En este caso la empresa pretende cobrar los excesos de esos errores (entre ellos errores garrafales por no tener en cuenta la normativa de incendios en la nueva ley) y se limitan a decir que ahí está realizado, pero la cosa es que la administración no tiene notificación alguna de las posibles modificaciones que se han venido realizando durante la ejecución de la obra, ni por tanto, la empresa tiene la autorización de esas modificaciones por parte de la administración.
Pienso que esos errores debe asumirlo la empresa, ¿o no?.

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Hay varios aspectos que desconocemos como para poder realizar una valoración adecuada. Es un caso muy complicado como para emitirla.
Aún así te aconsejo varios temas:
1.La adecuación a la nueva normativa debe ser integrada antes de la concesión de Licencia Municipal de obras. Como ya sabemos los plazos de ejecución no suelen ser los adecuados como para poder entrar en la licencia que tiene de construcción, y pueden pedirte adecuación a normativa antes de finalizar. No se si este es el caso o se ha realizado de motu propio (que casos hay, como en botica)
2.Depende de los contratos, como estén fijados con cada una de las partes, tanto DF como Constructora para la realización y ejecución del proyecto. Si es contrato llave en mano, siempre es más engorroso para DF y/o constructora, pero libera gran parte de la carga del promotor. De no se llave en mano y de no estar consensuado con DF y promotor los cambios de proyecto en ejecución, ¿quién ha controlado esa obra?. ¿Tenéis penalización por demora o retraso?
3.Por otro lado los excesos defectos de mediciones son la norma típica de todas las obras, por que normalmente aquí en España, el proyecto se hace en tres meses y la obra es de 20 meses. Una desproporción que lleva a poner en los planos y documentación la coletilla de "a determinar en obra" (o similar). Mientras que en UK y resto de Europa se suele dedicar más tiempo en proporción al proyecto para poder determinar todos los riesgos que conlleva y no dejar nada al azar. Esto "ata" más un contrato y determina la inversión con aproximaciones-indeterminaciones inferiores al 2% salvo causa de fuerza mayor. Este punto solo es salvable por contrato y aún así es bastante complicado no poner más dinero al final.
Espero te haya podido poner algo de luz, pero es bastante complicado valorarlo sin estar metido en ello.

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