Modif. Puntual (estructurante) del plan urbanístico mun

Buenos días:
En la última sesión del Pleno antes de las elecciones quedó pendiente de aprobación el asunto del titulo. Ahora resulta q.los nuevos concejales están "poniéndose al día". ¿Cómo o a quién debo dirigirme para que se apruebe cuanto antes dicha modificación que la anterior corporación ya tenía más o menos consensuada? El alcalde me da largas y al concejal de urbanismo (no sé quién es)le mandé un e-mail a la web del Ayuntamiento pero no me ha contestado. ¿Tengo derecho a acudir a los plenos? ¿A quién le tengo que pedir permiso para poder ir?

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El ayuntamiento y la comunidad o junta de comunidades correspondiente tiene que aprobar las modificaciones que se produzcan en las normas urbanísticas, y existen unos plazos de aprobación o de tramite que se establecen en la propia ley del suelo de la comunidad. Hay plazos de exposición publica, publicación en boletín, aprobación por parte de ayuntamiento y junta. Se tiene que aprobar en pleno. Si el ayuntamiento no actúa se puede solicitar directamente a la comunidad que actúe, ya que cualquier documento administrativo debe ser contestado e informado. Los plenos suelen ser públicos, sin ni voto. Si hay que solicitar permiso, entiendo que es escrito al Alcalde.
Hola anpando:
¿A qué tipo de "comunidad" y/o "junta de comunidades" te refieres? En el boletín ya se publicó la aprobación provisional de la modif. Puntual y alegamos en el plazo establecido. Pero ahora estamos pendientes de la aprobación definitiva.
Gracias.
Las comunidades [Madrid, Valenciana, Junta de Castilla-la Mancha, etc...* aprueban las modificaciones. En este caso entiendo que vuestras alegaciones las han desestimado, y que se hace una nueva aprobación con las consideraciones efectuadas a la vista de las alegaciones, pero si se está a la espera de la aprobación definitiva, entiendo que se va a aprobar conforme a la propuesta.

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