Indemnización por desalojo

Hace unos 15 días tuvimos que desalojar el edificio donde vivimos por un incendio, de una vivienda situada en una segunda planta.
Como nosotros vivimos en una séptima planta, el incendio en sí no nos afecto a nuestra vivienda, pero por seguridad el Ayuntamiento nos privó de entrar en el edificio durante 11 días. Durante los cuales nos fuimos a vivir con unos familiares, si bien el
ayuntamiento nos ofreció un hotel sin problemas. Mi pregunta es saber si el seguro de mi vivienda me tiene que indemnizar por esos días que yo estuve fuera de mi casa y que cantidad seria más o menos.

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Si las cosas han sucedido tal y como lo cuentas no parece que puedas reclamar una indemnización, ya que te ofrecieron alojarte en un hotel y tu rehusaste y te fuiste a casa de unos familiares.
La indemnización por inhabitabilidad (que no es exactamente lo mismo que desalojo) consiste en resarcirte de los gastos que has sufrido por el tiempo que tu vivienda ha sido inhabitable como consecuencia de un siniestro.
Te pagarían las facturas de hotel, lavandería, comidas, etc. si tu familiar te hace una solicitud por escrito de los gastos que le ha ocasianado alojaros quizá hubiera alguna posibilidad pero... es pillar el tema con pinzas y suena poco creíble, además si no queríais ocasionar gastos a la familia podíais haberos ido al hotel facilitado por el Ayuntamiento. Sinceramente, no veo que en este caso tengas derecho a indemnización.
Espero haberte aclarado el tema (aunque, quizá, no como tu esperabas).

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