Buenos días, el edificio donde vivo se ha quemado y van a tirarlo. ¿Tengo qué seguir pagando?

El edificio donde vivo se ha quemado y entre eso y el agua de los bomberos han dañado la estructura y van a tirar la casa. ¿Puedo acogerme alguna clausula o articulo donde indique que por esos motivos puedo no pagarla durante un tiempo? Ahora estamos de alquiler, y pagar las dos cosas es imposible.

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Me va a permitir discrepar de su afirmación por la que señala como causa de declaración de zona inhabitable se haya producido por el agua que usaron los bomberos para su extinción, ni sé quien le habrá dicho eso y qué conocimientos técnicos tiene para hacer tal afirmación. Lo que daña una estructura es la carga térmica a la que se puede ver sometida y la mala ejecución en su día de los pilares y zapatas. El fuego no destruye el hormigón armado, sino que necesita de otros elementos que cooperen en ello.
Acuda a su Ayuntamiento que esas situaciones ya las tendrán contempladas por haberse producido desgraciadamente con anterioridad y es más que probable que desarrollaran en su día un protocolo para personas afectadas por el desalojo y posterior derribo de su vivienda,
Ruego cierre y valore
Buenas tardes.
Tal vez no me expliqué bien. La estructura ha sido dañada por los bomberos porque la casa es antigua y la estructura es de madera. El fuego solo dañó el tejado y el último piso, osea, el 2. Esto lo han confirmado los peritos expertos mandados por el ayuntamiento. Todos los vecinos estamos en pisos de alquiler puesstos por nuestros seguros y medianamente bien, dentro de lo que cabe. Mi pregunta era si tengo derecho a pedir una moratoria en la hipoteca puesto que en estos momentos la casa está precintada y se va a tirar todo el interior salvo la fachada.
Muchas gracias
Sin tener a la vista todos los documentos que se firmaron en su día relativo a esa hipoteca, no puedo manifestarle si tiene derecho o no pedir dicha moratoria en el pago de la misma, para lo que tendrá que acudir a la entidad bancaria a ver qué les responden al tratarse de una contiengencia totalmente imprevista y fortuita.
Que la estructura de la vivienda es de madera, acaba usted ahora de manifestarlo, y ese dato yo lo desconocía. Por otro lado, si la confirmación de los peritos del Ayuntamiento se la dan por escrito, podrá reclamar al consistorio parte de los daños producidos.
Ruego cierre y valore

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