Socorrista en piscina

Este año llevo la presidencia de mí comunidad y se me presenta un dilema que quisiera me aclarasen, a poder ser documentado según la normativa correspondiente sobre la necesidad de socorrista en la piscina, para poder demostrárselo a la comunidad. Los datos de la piscina son: Superficie área baño-316,43 m2; Superficie chapoteo-73,77 m2; Profundidad máxima 1,90 m; Ubicación- Comunidad Valenciana; Nº de viviendas-90. Gracias de antemano por tu respuesta.
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Segun el DECRETO 77/1993, de 8 de junio, por el que se aprueba el Reglamento Sanitario de Piscinas de uso colectivo, 1. Las piscinas cuya lámina de agua superficial estén comprendidas entre 200 y 500 m2., deberán poseer, al menos, un Técnico en Salvamento Acuático debidamente titulado y capacitado.
Es decir más de 200 m2 de lámina de agua, pues socorrista al canto. Yo ya he visto unas pocas de 199 m2
Puedes buscar ese decreto en google para más información.

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