¿En qué casos tengo que participar en gastos comunitarios?

Soy propietario del piso tercero de una propiedad de 5 vecinos. En el piso cuarto existe una terraza(de la comunidad) la cual produjo daños en mi piso (3º). Por mi denuncia el juez dicta sentencia condenando a la comunidad a:

1-Reparar la terraza del piso 4º

2-Pagar los daños en mi piso (3º)

3-Pago de costas judiciales

En cuales tengo que participar y en cuales no

1 Respuesta

Respuesta
1

1 Depende de si la terraza es comunitaria o no y de porque se ocasione el arreglo.

2 Depende de la respuesta 1

3 En ningún caso

Mucha suerte y feliz año

La terraza es comunitaria, lo pone la escritura

Los daños se ocasionan como consecuencia de filtraciones de agua

Ambos arreglos entonces si no son debidos a una negligencia o mal uso de la terraza son responsabilidad de la comunidad, los daños de su casa debería pagarlos el seguro comunitario si lo tienen si no la comunidad.

Al pertenecer usted a la comunidad si no tienen seguro o no esta en las coberturas deberá pagar la parte proporcional que le corresponda como vecino.

Mucha suerte y feliz año

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Mucha suerte y un saludo

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