Cuota constitución comunidad impagada

Soy nuevo en esto aunque os sigo desde hace tiempo.
Me entregaron un piso de vpo en mayo 2008. Hasta esa fecha pertenecía al junta de andalucia. La comunidad se constituyo en julio de 2007, para los cual se creo una cuota extra de constitución de comunidad. Hasta mayo de 2008 la junta de andalucia era la encargada de pagar las cuotas de comunidad puesto que el piso no había sido entregado. En agosto de 2010 se celebró una junta extraordinaria de propietarios en la que se ponía de manifiesto la situación critica económicamente hablando de la comunidad y se aprobó que aquellos vecinos que no habíamos pagado la cuota de constitucion_( porque no eramos propietarios aun y puesto que la juntade andalucia no había pagado aun) la pagásemos en una fecha determinada.( Así no poner a la totalidad de los vecinos una cuota extra, y que posteriormente se le reclamaría a la juntade andalucia esas cuotas de vecinos que no eran propietarios en el momento de la constitución de la comunidad)
¿Debo pagar esa cuota obligatoriamente ( por lo acordado en la junta extraordinaria de vecinos) a pesar de que en mis escrituras indica que el piso, en mayo de 2008, esta libre de cargas anteriores?
¿Me pueden decir que debo cuotas de comunidad y no tener derecho a voto exclusivamente por esa cuota de constitución anterior a la entrega de mi vivienda?

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Respuesta
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En las escrituras no creo que tenga un certificado en el que esté al corriente de pagos de la comunidad, si aparecerá que está libre de cargas.
La ley obliga al comprador a hacerse cargo de las deudas comunitarias del año de la compra y el anterior. Art. 9.1 e) en el tercer párrafo y siguiente LPH.
La ley faculta a la comunidad a quitar el derecho de voto a los morosos mientras no realicen el pago de sus cuotas y a aparecer explícitamente como morosos en todas las convocatorias de juntas. Art. 15.2 LPH
Además de ésto la comunidad puede exigírselo judicialmente Art. 21 LPH
Adjunto enlace por si quiere consultar este u otros artículos de la ley de la propiedad horizontal.
http://www.optimizo.es/LEYPROPIEDADHORIZONTAL.html 
No pagar ademas le puede salir más caro si se le condena en costas del juicio e intereses judiciales pero eso no quita que usted pague y se lo pueda reclamar a la junta de andalucia.
Feliz año nuevo
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Optimizo Administración de Fincas
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