¿Puede cubrir patio de luces sin consentimiento?

Mi planteamiento es el siguiente. Mis padres vivien en un primero, hace unos años el propietario del bajo, les consulto de forma verbal y exclusivamente a ellos, si les importaba que temporalmente cubriera con una uralita ( no transparente )parte del patio de luces, con el fin de obtener algo de sombra en verano. Mis padres de buena fe le comunicaron que por su parte no habría problema, siempre que fuera algo temporal pero que en todo caso debería consultarlo en la junta de vecinos. Por su parte este vecino, haciendo caso omiso de la consulta obligatoria referida, coloco unas uralitas en el patio, y no de forma provisional, pues llevan varios años y se han convertido a parte de un motivo de inseguridad (ya que facilita el acceso a nuestra vivienda fácilmente) en un gran foco de suciedad. Ante esta situación, mis padres le han propuesto, o bien suprimir la uralita, o bien, como han hechos otros vecinos de las viviendas situadas en el primero, previa aprobación por parte de la Junta, realizar una pequeña terraza, que nos permitiría disfrutar de una superficie añadida a nosotros y cubrir esas necesidades de cobijo o sombra deseadas por el propietario del bajo, por supuesto no superando en ningún caso la superficie de esta, la que en la actualidad tienen las uralitas. La respuesta por parte del propietario del bajo ha sido una negativa rotunda, ya que dice que el tiene derecho a cubrir "su" patio y no permitirá construir la terraza ya que le restara luminosidad. ¿Qué podemos hacer? ¿Es legal la instalación de la uralita? ¿Puede hacerlo sin permiso de la Junta? ¿Puede hacerlo a una altura máxima? Les agradecería una respuesta por su parte, lo más ágil posible, ya que este motivo se ha convertido en causa de discusiones constantes.

2 respuestas

Respuesta
1
En primer lugar hay que mirar una cuestión:
¿Es propiedad del vecino ese patio? Lo pregunto porque puede que a efectos de comunidad no lo sea pero en el coeficiente de participación si.
Cuando tenga la respuesta me lo comenta y le planteo la solución.
Buenos Días
El patio de luces en cuestión, igual que el resto de patios de luces de estas fincas, pertenece a la Comunidad de Propietarios, pero el derecho de usufructo sobre el mismo, lo tiene este vecino, ya que al mismo, solo puede accederse desde su vivienda. En cualquier caso, ¿cómo podría confirmar estos datos con total seguridad? ¿Debería pedir una nota simple al Registro de la Propiedad? ¿Podría confírmamelo la Presidenta a través de las escrituras u otro documento?
Gracias de nuevo, por su atención
Un Saludo
Para pedri esos datos debería facilitárselos el secretario o administrador de su comunidad de propietarios. Es interesante saber primero ese detalle porque puede que le estén exigiendo el no poder hacer reformas en el patio y ser parte de su propiedad.
De todas formas, si no fuera parte de la propiedad, tendría que solicitar el consentimiento de la comunidad de propietarios ya que es parte de ellas y no del dueño de esa vivienda, el permitir o no determinadas obras.
Cualquier otra cuestión que tenga no dude en comentármela
Respuesta
1
En este caso, habría que estudiar las escrituras del piso en cuestión así como la normativa urbanística de la zona. Lo mejor que pueden hacer es informarse:
a) Con la Junta de Propietarios y el Administrador de la Propiedad
b) Con el Ayuntamiento - Servicio de Urbanismo.
Recaben la información pertinente y una vez obtenida esta valoren si la actual situación del vecino es o no legal, así mismo, aunque fuera legal, si supone un peligro para la seguridad de un vecino podría ser denunciable.
Así pues, cuando dispongan de la información a la que les hago referencia, planteen con el vecino de nuevo la situación:
a) No ha habido permiso de la comunidad.
b) El Ayuntamiento le indica que no es legal y que por tanto es preceptiva la posible demanda urbanística.
Así pues, en base a la información obtenida procedan a indicarle que tiene dos opciones:
- Desmontar el sombrajo de uralita.
- Realizar la obra correspondiente (siempre que sea legal, ya que no se puede poner el uso de ambas partes a la legalidad vigente) hay muchas terrazas de patio de luces que no cumplen la legalidad.
Saludos
Jaime Feiner
[email protected]
Gracias, la información facilitada me ha sido de gran ayuda, creo que será suficiente para obtener la solución del tema
Un Cordial Saludo

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas