¿Serán validas las luces que instale por cuenta propia en mi coche como luces de día?

1 - Tengo un Dacia Logan Break del 2007 que en diciembre de este año debe pasar ITV. Hace 2 años, por mi cuenta y riesgo le coloqué en la parrilla delantera 2 luces LED blancas, y como tengo Maestría en electrónica inductrial, me hice el circuito para que funcionsen como luz de día (DRL) a saber:
Arrancas y se encienden
Se apagan con luz de cruce
Con luz de carretera están encendidas.
Entiendo que este es el funcionamiento que está homologado en Europa y que llevan los coches que se venden en españa desde 2011 ¿es así?. Aunque ahora he visto que no están a la distancia legal y las llevo desactivadas por que la homologación que llevan es A02 que son luces de posición y no RL00 que son DRL y las voy a cambiar por otras y colocarlas a la distancia legal. Estas que voy a comprar tienen esta homologación: E4-RL00 Y R87 ¿estas sí serían validas para pasar ITV? ¿Y necesitaré la factura de un taller autorizado?
2 - también he comprado un juego de sensores de aparcamiento, 4 delanteros y 4 traseros, cableados y con pantalla para el salpicadero. ¿Esto es también reforma de importancia y tengo que para ITV y factura de quien me lo instale?.
3 - Hace también 2 años, dado que mi coche tiene el portón trasero dividido en 2 tramos desiguales y le puse en un distrubuidor autorizado las laminas solares solarcheck, al no sentirme a gusto como veía por mi retrovisor interior, me compré un retrovisor electrónico que va acoplado u una cámara tresera que me puesto por el interior del cristal de mi puerta izquierda trasera, de forma, que conduciendo y dado que la cámara es de efecto "mirror" veo como si mirase por el espejo normal. Obviamente la cámara está por dentro del coche y mira hacia afuera a través del cristal. ¿Esto también tiene que pasar ITV? Por que creo, que según la normativa, los automóviles que lleven los dos espejos retrovisores exteriores (izquierdo y derecho) podían incluso quitar el retrovisor interno... Y el retrovisor electrónico que he puesto tan solo muestra la imagen de la parte de atrás cuando conduzco. ¿Sera legal?.

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Veo que sabes bastante más que yo en este tema.
En distancias, no tengo ni idea a qué distancia se deben de colocar, porque no he colocado ningún kit todavía.
Las luces de día deben de encenderse al arrancar el vehículo, y apagarse al encender las luces. Nada más.
Ya se sabe que no se puede circular con las luces de situación solas, por lo que si se apagan al encender cualquier luz, el resto de detalles, sobra.
Cuando enciendes las luces de cruce, o las de largo alcance (carretera), también tienes encendidas las de situación, por lo que las luces de día no deben de encenderse en ningún momento. No con cortas, ni con largas.
Es más, no se debe de cruzar con nuingún vehículo con más de dos faros encendidos, exceptp las luces de niebla.
En cuanto a lo de los sensores de aparcamiento, como no alteran nada del vehículo, no interfieren en la ITV.
El laminado de las lunas, solo necesitan el sello y el justificante del taller instalador. Esto último no lo piden nunca, o casi nunca.
El espejo interior, lo puedes inutilizar si quieres, ya que tienes los dos laterales. De todos modos, como lo tienes colocado, nadie se va a meter con eso. Yo tengo mis lunas laminadas y nunca he tenido problemas.

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