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Derecho y Leyes
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Humedades en piso de alquiler
Te respondo un poco rápido que voy liado, el propietario está obligado a arreglarlo, independientemente de que él pueda reclamarlo a su seguro, a la comunidad o a quien sea, no es tu cuestión, te aconsejo que le envíes una carta certificada para que...
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Alquileres
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Saber los pasos para poder echar a un inquilino
No soy tan experto como para contestarte con exactitud. Sólo decirte que si te casas y sólo tiene un piso alquilado es posible. Un abogado especialista en derecho civil te responderá mucho mejor que yo.
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Alquileres
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Piso en alquiler
Casos posibles: El inquilino deje el local. El inquilino no paga alguna renta y se deshaucia. Algún otro caso previsto en el contrato expresamente. Consecuencias: se liquidan cuentas, la fianza contra saldos debidos.
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Vivienda de alquiler
Vamos a poco a poco, El contrato de 1975 se rige y se regía por la ley de arrendamientos urbanos de 1964, posteriormente fue modificada la legislación por el llamado decreto boyer de 1985 y finalmente la ley 29 de 1994 que entró en vigor el 1 de...
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Ibi en alquiler de local
El ibi corresponde al propietario salvo pacto en contra. Esto sale en la ley de arrendamientos urbanos de 1994. Así que en principio debe asumirlo él.
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Alquileres
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Casa prefabricada
Debe hacerse conforme a la normativa de edificación española. Es un tema de arquitectura, un tema de solidez, las cimentaciones especialmente deben ajustarse a las normas estatales. Deberías iniciar contactos con un arquitecto.
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Finalización de alquiler
Legalmente si no se ha pactado con cuantos meses de antelación debes avisar para irte debes pagar todos los años pactados, por ejemplo cinco. En la práctica no se es tan malo, se pueden quedar máximo lo de la fianza que tienes depositada, aunque si...
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Derecho y Leyes
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Reparación en un piso de alquiler
Tocan pagarlo a los arrendatarios pues se produce el fallo por el uso si no se pacta lo contrario. Tal como me dices, debéis haceros cargo vosotros. Lo lamento.
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Piso con inquilinos de renta antigua
Míratelo muy bien todo, explícale el caso concreto a tu abogado. Valor de mercado sería la mensualidad que paga cada mes por 12 meses dividido entre un 5% de rentabilidad anual. Ojo con la acción de impugnación del inquilino si no le interesa o no...
