Revocar la no colación de una donación en testamento

Unos padres han donado a uno de sus hijos parte de su herencia, en las escrituras dice que no sea colacionable con el resto de la herencia. Los padres no sabían que significaba la no colacionable y quieren revocarlo, ¿pueden en su testamento revocarlo y decir que sí sea colacionable?

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Me imagino que eso se podrá quizá suplir con una nueva redacción de la herencia, contando con los tercios de legítima, etc., claro que dependiendo de los bienes de los que conste la herencia, y dejando claro, si es posible, el motivo por el que se lleva a cabo, y añadiendo que no se aplicaría si por ejemplo fuese declarada nula la no colación, que no sé si es posible.

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Hay un principio jurídico que dice que nadie puede ir contra sus propios actos y una norma que dice que la ignorancia de la ley no excusa su cumplimiento.

Con su respuesta quiere decir que los padres no se pueden retractar en su ultimo testamento?

Supongo que esa donación se hizo ante notario, él explicaría lo que significa donación no colacionable, con lo cual no cabe volverse atrás.

Aunque una de las ultimas voluntades de esos padres en su ultimo testamento sea volverse atrás. 

Salvo que esa donación sea inoficiosa, es decir que perjudique a la legítima de los otros herederos, no pueden “volverse atrás” y declararla colacionable.

Disculpe, pero no se trata de revocar la donación, sino la colación.

No se puede revocar la donación, pero si es inoficiosa, es decir si afecta a la legítima de los demás, tiene que ser colacionable.

Es este caso no afecta a la legitima.

En tal caso no se puede “revocar”.

Puedo enviarle a usted personalme un articulo  sobre este tema?

En mi blog tiene mi correo electrónico

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