Dudas sobre el registro de la propiedad

Yo no tengo propiedades, pero se que el juzgado ha rastreado en el registro para ver si tenia alguna y así poderla embargar, pues bien quisiera saber si se queda alguna anotación en el registro de la propiedad por si en un futuro yo tuviese alguna propiedad y el juzgado la pudiera embargar.

1 Respuesta

Respuesta

El juzgado siempre actúa, en lo civil, a instancia de parte, es decir si su acreedor lo solicita, por tanto él es quien e debe estar “ojo avizor” para que no prescriba la deuda y embargar su usted “llega a mejor fortuna”, como dice la ley.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas