¿Puede prescribir una reclamación privada en un ayuntamiento mientras hubo ya una respuesta insatisfactoria del mismo?

Cuando prescriben asuntos de pagos de ib,¿si un cambio de Ibi se ha tramitado como usufructo vitalicio y y no como uso y disfrute después de divorcio con dos propietarios existentes?

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No entiendo la pregunta.

Ha pasado un error en la solicitud de IBI. EL EX ha volcado la totalidad del impuesto a mi nombre. Tengo uso y disfrute en la margen permitido de la ley. Según costumbre el ayuntamiento a aceptado esta solicitud sin respetar las normas vigentes, además sin mi consentimiento por poder escrito con mi firma, ni mi presencia personal. He pagado 4 años 100% del Ibi hasta que me he enterado de la ley,  que exige estrictos cumplimientos y muchos requisitos  y como mucho, se puede solicitar solo el cargo de 50% del Ibi al copropietario. Después de haber reclamado la devolución  del Ibi para 4 años, he recibido una respuesta, que me niega la división  del ibi. - Un aspecto  totalmente controverso a mi reclamación.  Puede preescribir el asunto en 4 o 5 años, mientras está en trámites no oficiales?

Creo, que ahora se entiende  bien. Gracias por una aclaración...

Entiendo que usted como titular del uso y disfrute de la vivienda familiar ha pagado el IBI y ahora le ha reclamado al ayuntamiento la devolución del cincuenta por ciento. El Ayuntamiento se la ha denegado.

En mi opinión el único camino, frente al ayuntamiento, es recurrir esa denegación, si no lo hace, no es que prescriba es que adquiere firmeza y se hace irrecurrible. También en mi opinión, ese recurso no va a prosperar.

En todo caso podría prosperar una reclamación contra el otro propietario.

Muchas Gracias. Su respuesta va ayudar a muchos, creo yo.

En mi caso es alrevez.  Mi ex marido (todavia copropietario) ha solicitado un cambio del IBI total a partir 2019, sin poder mio, sin mi presencia y además un 100% del impuesto. El ayuntamiento lo ha aceptado y a volcado todo el IBI a mi cargo desde entonces. He pedido la devolución con intereses por  error administrativo y la respuesta de la alcaldía era totalmente en otra dirección, ignorando mi reclamcion.

No he pedido division del IBI, como indica  la respuesta dellos. Pido devolución del  total, por falta de corecctitud administrativa. Prescriben mis derechos y ellos sólo demoran?

A ver si ahora lo he entendido. La vivienda pertenece a ambos y usted tiene concedido judicialmente el uso y disfrute exclusivo. Con base en ello, el otro copropietario ha solicitado y obtenido del ayuntamiento que gire el IBI totalmente a cargo de usted. Usted ha impugnado esa resolución y se la han denegado.

En tal caso reitero lo dicho, no es que prescriben sus derechos, es que si no recurre la resolución será firme e irrecurrible, sin embargo sigo pensando que es difícil que le den la razón, tendría que leer esa resolución.

Podría intentar una reclamación contra el orto condueño, con base en que no es usted usufructuaria sino que tiene concedido el uso de esa vivienda, tendría que leer esa resolución judicial que el asigna el uso de la vivienda.

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