Recibos IBI pendientes ¿Puedo deducirlos del incremento patrimonial en una compraventa?

Estoy vendiendo un inmueble y este tiene recibos de IBI pendientes de varios años que antes de la firma en notaría debo liquidar, mi pregunta es si a la hora de hacer la declaración puedo deducirlos del incremento patrimonial.

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Los IBI no se tienen en cuenta para el incremento patrimonial de la RENTA o el beneficio para el cálculo del Impuesto Sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (plusvalía municipal). Al igual que no se tiene en cuenta la hipoteca, por ejemplo.

Solo el precio de compra y los gastos asociaciones (notario y registro) y el precio de venta y los gastos asociados.

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