¿Cuál es la fecha de adquisición de una vivienda heredada a efectos de IRPF?

Un amigo falleció a finales de 2020 dejando viuda y un hijo. Sus herederos no aceptaron la herencia hasta noviembre de 2021. A efectos de la declaración de la renta de 2021, ¿qué fecha se ha de considerar como la de adquisición de sus correspondientes cuotas de propiedad de la vivienda heredada?. ¿La del fallecimiento o la de la escritura de aceptación de la herencia?. Entiendo debe ser la de fallecimiento. No obstante, cuando entro en el borrador de la renta del hijo aparece de manera automática un computo de 45 días de propiedad durante 2021, que es el número de días transcurridos entre la fecha de la escritura de aceptación de la herencia y el 31/12/2021. Sin embargo, en el caso de la viuda este dato no sale automáticamente y por tanto, hay que incorporarlo manualmente. Entiendo que en el caso del hijo, el dato ha debido ser trasladado a hacienda por el registro de la propiedad correspondiente. ¿Pueden ayudarme?.

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Desde el momento de fallecimiento, usted forma parte de la comunidad de bienes de la herencia yacente, por lo tanto desde esa fecha ha de declarar por parte de los herederos.

Los borradores se confeccionan con la información que dispone hacienda, pero no siempre es la información correcta.

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