Si nombran a una hija tutora de sus padres dependientes que obligaciones tiene que cumplir?

Me gustaría tener información:

Una hija se va a hacer cargo de los padres enfermos dependientes totales. Se va a nombrar tutora legal.

Esa hija siempre ha sido violenta, chula, y manipuladora, maltratando a su hermana y a su propio marido tb lo tiene manipulado y a los hijos que tienen peor.

La otra hija no está de acuerdo pq sabe que si esa hermana se hace cargo de los padres y tutora legal va a robarles el dinero de las cuentas y a saber que hace con los pisos de los padres que tienen varios y casas en el pueblo etc..

Y ella que nunca los ha ayudado en nada a los padres, de hecho pasa años que sólo los llama por teléfono una vez o dos como mucho y cuando va a visitarlos es para sacarles dinero y se compró así su coche y pagó la mitad de su piso etc.

Entonces está comprobado que quiere hacerse tutora legal para tener libertad de coger todo lo que se le antoje y pondrá a unas aux de enfermería a domicilio para que se encarguen de cuidarlos a los padres pq ella siendo pija extrema no va a limpiarles el... A sus padres ni mucho menos.

¿Cómo se puede impedir que ella se haga tutora legal de sus padres?

¿Amenaza a la otra hermana que tb es hija de los padres a que le deje serlo pq si no? La va a putear a ella y más cosas.

¿En el caso de que consiga serlo que funciones puede hacer y cuáles no?

Si coge todo el dinero de las cuentas o vende o alquila las propiedades de los padres pero sin contrato alguno sino que lo hace a escondidas por decirlo así,

¿Se le puede denunciar? ¿Se le puede quitar la custodia de ellos?

O es difícil pq si coge todo el dinero y se va y deja a los padres métodos en alguna residencia, ¿cómo se le puede obligar a devolver ese dinero?

O los pisos etc etc.

¿Qué se puede hacer?

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Lo primero recomendarles se pongan en manos de un abogado que les ayude con su caso concreto. Estas son cuestiones complejas. Y puede ser de su interés presentarse el otro hijo en el procedimiento.

Aunque la legislación en la materia ha cambiado recientemente, es un Juez quien nombra los tutores y como norma general, hay que dar cuenta anualmente de los ingresos y gastos de las personas tuteladas. Incluso para hacer disposiciones como una venta, es necesaria autorización judicial.

Esa información, en muchos casos, es estudiada en el momento de la herencia, por si hay que reclamar por parte de los otros herederos.

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