Persona fallece con deudas y una herencia que le corresponde sin adjudicar ¿Su hijo puede heredar sin hacerse cargo de la deuda?

Si la herencia de un inmueble esta pendiente de aceptar por el ya fallecido ¿Podría el hijo, siendo el siguiente en la línea de sucesión heredar sin que los deudores fueran contra el inmueble para saldar la deuda?

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La herencia conlleva los bienes y las deudas. Para no heredar las deudas, hay que aceptar la herencia a beneficio de inventario.

Explico mejor. Si se adjudica la herencia a beneficio de inventario, no es que no herede las deudas, sino que se asegura que no van a ir contra su patrimonio.

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