Tributación inmuebles en la Renta

Este año, por primera vez, me temo he de declarar en la renta el 2 % del valor catastral de un inmueble que he heredado de mis padres recientemente fallecidos, un 25 % de propiedad junto con mis 3 hermanos. Mis padres también tenían un local dedicado a restaurante, del que soy propietario del 25 %, pero cuya explotación y alquiler está a nombre de dos de mis hermanos, yo les cedí mi derecho y no percibo ninguna renta, puesto que fueron ellos quienes hicieron la inversión inicial y comenzaron el negocio. Finalmente hay una casa también heredada al 25 % que en hacienda aparece como "nuda propiedad", que según yo entiendo es cuando hay una persona usufructuaria, pero que no sé quien pueda ser, quizá mi madre ya fallecida sigue apareciendo como usufructuaria. Mi pregunta es si ¿hago bien en declarar el 2 % solo de la vivienda de mis padres y nada mas hasta que en hacienda desaparezca lo de la nuda propiedad. Y si lo del restaurante puede traerme problemas... Y si no declaro nada, qué puede pasar?

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Si no declara algo de lo que la agencia tributaria tiene datos, como puede comprobar usted al acceder a su información fiscal, lo más facil es que le venga una "paralela" integrando esos rendimientos y con sanción.

Conviene distinguir entre las propiedades que describe:

En la primera deberá usted consignar el 25% de ese rendimiento imputado.

En la segunda si usted puede acreditar que ha cedido el uso y disfrute de su cuota de ese local a sus hermanos debería declarar tambien como rendimiento imputado, ya que fiscalmente no se admite la cesión gratuita de un inmueble entre parientes. Para evitar problemas debería ceder el usufructo o extinguir ese condominio.

Por último en un inmueble en el que solo ostenta la nuda propiedad no tiene ningún rendimiento imputado.

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