Cuando se paga el ISD y la Plusvalía Municipal?

Tengo una dudilla, una herencia de hace más de 5 años, en la que aún no se ha hecho aceptación ni adjudicación de herencia, ¿el impuesto de sucesión y la plusvalía se tiene que pagar a los 6 meses siguientes del fallecimiento del causante? ¿O si aún no se ha hecho la aceptación se puede hacer después?

Respuesta

Tal como describe los hechos el impuesto de sucesiones ha prescrito, no así la mal llamada plusvalía municipal (IIVTU).

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