Porque no puedo renunciar a mi parte de herencia

Hace seis meses falleció mi madre, (anteriormente había fallecido mi padre ), decir que dispone de testamento donde especifica que : en caso de fallecimiento lega la parte legitima a sus hijos y instituye heredero universal a mi padre, si el instituido le premuere pasan a ser heredero universales los hijos y si algunos de ellos le premueren pasan a ser herederos los hijos de este. El problema viene cuando después de entregar toda la documentación en el BBVA ( gestionado todos los tramites por una asesoría ) en la cual especificamos la renuncia de una de mis hemanas en favor de sus hijas, nos dicen que debemos envirle un " Nuevo documento privado de reparto firmado por los herederos. Asimismo, indicar que en el testamento de AURORA ROSALES se establece la sustitución de los herederos para el caso de premoriencia, es por ello que los hijos de la heredera renunciante quedarían sin derechos sucesorios ".

La asesoría que nos hizo todos los tramites le envió un documento donde especificaban que si se podia renunciar en favor de los hijo, pero de esto hace un mes y no dan señales.

Es cierto que mi hermana no pueda renunciar a su parte de herencia a favor de sus hijas o solo lo hacen para retrasar el pago de la herencia.

Se pueden establecer algunas medidas legales para reclamarlé la herencia o para pedirle daños y prejuicios por la demora del pago de la misma.

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Lo primero recomendarle se pongan en manos de un abogado que les estudie su caso concreto. Las herencias son complejas.

Como norma general, cuando uno de los herederos renuncia, la parte de este heredero es para el resto de herederos, no pasa a sus hijos... Solo los hijos serian herederos en caso de fallecimiento del padre, por sustitución.

Las renuncias no son a favor de... sino como legalmente esta instituido.

En cuanto ha hacerlo en documento privado, ustedes se pueden ahorrar el notario, pero para acogerse a las posibles bonificaciones o exenciones fiscales, se ha de hacer en documento publico (notario). Además si hay inmuebles, el registrador no se los inscribirá.

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