Se puede comprar una casa a un titular con 100% de nuda propiedad por donación.

Mi pareja y yo estamos interesados en comprar una casa. La casa nos la vende un matrimonio, del cual el caballero es el "propietario".

Al sacar la nota simple nos aparece que el Fulgencia es titular del 50% del usufructo por título de herencia, Pepito del 50% del usufructo por donación. También aparece que Julio Cesar tiene el 100% de la nuda propiedad por donación.

El hombre que nos la vende es Julio Cesar quien nos dice que Fulgencia era su tía que estando en vida, hace 15 años, le donó la vivienda.

Fulgencia murió hace casi 2 años, pero si aparece en la nota simple entendemos que Julio Cesar no ha ido a notificar esta situación al registro de la propiedad.

Todo esto de que sea una donación a un sobrino nos da un poco miedo, por el tema de que si puede aparecer un supuesto heredero natural, etc... Más que nada porque no vemos además ninguna relación de apellidos entre Fulgencia, Pepito y Julio Cesar.

Hemos quedado con ellos para que nos muestren las escrituras de la casa. Qué necesitamos saber que ponga para confirmar que Julio Cesar es el propietario actual de la vivienda y que no tendremos problemas para la compra-venta de ésta.

¿Sería necesario que Julio Cesar tuviese en su poder algún tipo de testamento o últimas voluntades además de la escritura de la casa?

Respuesta

Como dice Juan Carlos Grisolía, puede comprar tranquilamente el legítimo propietario es Julio Cesar y por lo tanto pueden y deben comprarle a él. En todo caso comenta que Fulgencia ha fallecido, pero nada comenta sobre Pepito. Si Pepito sigue vivo, deben esperar a su fallecimiento para tener plena disposición de la vivienda.

1 respuesta más de otro experto

Respuesta

Pueden comprar sin ningún problema, pues a ustedes les da igual cómo haya adquirido el vendedor, siempre que haya sido por un título legítimo; y la donación es un acto de transmisión perfectamente legal. Si el vendedor tiene responsabilidades con respecto a un posible torrente hereditario (cfr, colación) es asunto es problema del vendedor, que tendrá que pagar en su caso el precio que corresponda por la donación en una eventual sentencia en que haya legitimarios; sin que ello afecte a la compraventa ni a ustedes. Digan al vendedor, además, que vaya al registro con los certificados de defunción de los usufructuarios para cancelar los usufructos, y compren ustedes libre de cargas.

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